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Condenan a 18 años de cárcel al joven declarado culpable de asesinato en Lorca

Asestó una puñalada por la espalda a la víctima para matarlo mientras esta se encontraba rodeada y era golpeada por varias personas. Otros 4 acusados han sido condenados con penas menores por un delito de lesiones

04 DIC 2019 - 00:00
Juicio del caso en la Audiencia Provincial. ORM
Juicio del caso en la Audiencia Provincial. ORM

REDACCIÓN | EFE

El joven que fue declarado culpable del navajazo que costó la vida a otro durante la pelea que se produjo en las inmediaciones de una discoteca de Lorca (Murcia) en julio de 2016 ha sido condenado a 18 años de prisión como autor de un delito de asesinato, mientras que a otros cuatro acusados se les han impuesto penas menores por un delito de lesiones.

La sentencia señala que Emilio Leonardo cometió los hechos sin que la víctima de los mismos pudiera defenderse, al recibir el navajazo por la espalda y cuando también recibía los golpes propinados por otros acusados.

Por su parte, un hermano del anterior ha sido condenado a un año de cárcel por las lesiones, lo mismo que otros dos denunciados, mientras que el quinto acusado declarado igualmente culpable por un jurado popular cumplirá seis meses al habérsele aplicado la atenuante de confesión tardía de los hechos.

En cuanto a las indemnizaciones, Emilio Leonardo R.G. deberá abonar a los padres de la víctima un total de 200.000 euros y a la esposa e hijo del fallecido, 202.000 euros.

La sentencia, dictada por el presidente del jurado popular, el magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia Juan del Olmo, señala también que el Estado es acreedor de los 51.000 euros que adelantó a la esposa y al hijo de la víctima.

De esa forma, estima la argumentación hecha por el abogado del Estado, Nicolás Valero, que defendió la exigencia de devolución de esa suma. Aunque la vista oral, desarrollada en la Audiencia Provincial de Murcia fue seguida contra un total de doce imputados, durante la misma el fiscal y las dos acusaciones particulares retiraron la acusación contra la mitad de ellos.

Igualmente, el jurado popular declaró no culpable a uno de ellos, que había sido acusado de un delito de lesiones.

Al mismo tiempo, el veredicto declaró que los declarados culpables no eran merecedores de que le fuese concedida ninguna medida de gracia, aunque con respecto a los cuatro ahora condenados por lesiones no mostraba oposición alguna a que le fuese suspendido el cumplimiento de la pena privativa de libertad. 

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