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La juez no ratifica el confinamiento planteado por la Generalitat en varios municipios de Lleida

Considera que es una medida desproporcionada y de competencia estatal

12 JUL 2020 - 00:00
Actualizado:
13 JUL 2020 - 08:05
La juez no ratifica el confinamiento planteado por la Generalitat en varios municipios de Lleida
Hospital de campaña junto al Hospital Universitario Arnau de Vilanova de Lleida. EP
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La juez no ratifica el confinamiento planteado por la Generalitat en varios municipios de Lleida
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REDACCIÓN | AGENCIAS

La Generalitat de Cataluña ha prohibido a partir de esta medianoche toda salida y entrada de Lleida y otros siete municipios de la comarca del Segrià , -Alcarràs, Aitona, Seròs, Soses, La Granja d'Escarp, Massalcoreig, Torres de Segre y las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat-, salvo para actividades esenciales, y ha limitado las salidas de casa de los ciudadanos de esas poblaciones a necesidades de fuerza mayor.

Cuando se cumplen ocho días del confinamiento perimetral de esa comarca, cuya capital es Lleida y en la que viven unas 210.000 personas, los consellers Alba Vergés (Salud) y Miquel Buch (Interior) han anunciado estas nuevas medidas restrictivas extraordinarias para tratar de contener los brotes en esa comarca.

Después de comunicar 190 nuevos positivos de COVID-19 en las últimas 24 horas en esa comarca, ambos consellers han anunciado, por ejemplo, que se prohíben las reuniones "de más de diez personas" y solo se permitirán las actividades de hostelería y restauración "mediante entrega a domicilio".

Sin embargo la Justicia ha acordado no ratificar la decisión la Generalitat. La juez del Juzgado de Instrucción 1 de Lleida, en funciones de guardia, afirma en un auto que su decisión --que se puede recurrir-- se basa en que ve desproporcionada la resolución del Govern, cuyo objetivo, además, "no es sino eludir la aplicación del estado de alarma parcial" y que ésta una competencia estatal.

"En todo caso, el Presidente de la Generalidad, de acuerdo con el art 5º de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, 'podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma", añade el auto.

El auto añade que no puede argumentarse que ya hubo un confinamiento en Òdena (Barcelona) y que hay vigente un confinamiento perimetral en el Segrià (Barcelona), "pues las medidas allí contempladas, restricción de movimientos, nunca confinamientos domiciliarios generales, suponían una afectación de mucha menor intensidad de los derechos fundamentales que lo que ahora pretende el gobierno de la Generalidad".

La juez añade que tampoco se puede ratificar este confinamiento domiciliario "pudiendo la Generalitat de Cataluña realizar otras actuaciones tales como individualización del confinamiento domiciliario respecto a las personas detectadas y una recomendación de un confinamiento".
 

 

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