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La Región adelanta a este domingo la entrada en vigor de las nuevas medidas para contener la pandemia de COVID-19

Esta Orden resultará aplicable al conjunto de ciudadanos que se encuentran en la Región de Murcia, así como a los sectores de actividad económicos y sociales a que se refiere

15 AGO 2020 - 00:00
La Región adelanta a este domingo la entrada en vigor de las nuevas medidas para contener la pandemia de COVID-19
Un local de ocio nocturno vacío. EP

REDACCIÓN | AGENCIAS

El Boletín Oficial de la Región de Murcia publica este domingo, desde las 00.00 horas, para su inmediata entrada en vigor la orden que traslada las restricciones socioeconómicas para contener la pandemia de COVID-19 acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud.

En la argumentación para su adopción, el consejero murciano de Salud, Manuel Villegas, expone que "las cifras actuales en la Región evidencian un nivel de contagio que casi supera al de los peores momentos de la pandemia".

Por eso, "la adopción de estas nuevas medidas restrictivas, aun dolorosas para el conjunto de la sociedad, resultan imprescindibles para evitar incluso tener que adoptar otras de naturaleza más drástica", añade.

Las restricciones son las siguientes:

- Ocio nocturno: se adopta el cierre de las discotecas, salas de baile y bares de copas con actuaciones musicales en directo.

- Hostelería y restauración: se recuerda la necesidad de garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en servicios de barras, la distancia entre mesas y una limitación de 10 personas por mesa, con un horario de cierre a la 1 de la madrugada, con la imposibilidad de aceptar nuevos clientes a partir de las doce de la noche.

- Centros sociosanitarios o residencias de mayores: obligatorio realizar PCR a los nuevos ingresos con un decalaje máximo de 72 horas y a empleados que regresen de su permiso o periodo vacacional. Se limitan las visitas a una por persona y residente extremando las medidas de prevención y con un máximo de una hora al día. Se pide que se escalone la afluencia para evitar aglomeraciones, pero se podrán hacer excepciones en el caso de pacientes que se encuentran en el proceso final de su vida. Se limitan al máximo las salidas de los residentes en centros sociosanitarios.

- Eventos y actividades multitudinarias: obligatorio realizar una evaluación de riesgo por parte de las autoridades sanitarias para cada evento o actividad.

- Obligación de hacer cribados con PCR, en el caso de que haya un brote epidémico, a aquellas poblaciones de riesgo, como centro sociosanitario, barrios o bloques de viviendas, entre otras.

- Consumo de alcohol: el botellón está prohibido: se insta a las comunidades y ayuntamientos a aplicar de manera estricta las sanciones acordadas.

- Se prohíbe fumar en la vía pública o espacios al aire libre cuando no se pueda respetar el espacio de dos metros. Esta medida se extiende a cualquier dispositivo para fumar.


Hay también tres recomendaciones:

- Limitar los eventos sociales a grupos de convivencia estable; es decir, todo lo que sea encuentros con otras personas fuera de ese grupo estable deben limitarse al máximo.

- Limitar los eventos sociales a un máximo de 10 personas.

- En residencias: hacer pruebas PCR de cribado de forma periódica para asegurar que no ha habido ningún trabajador que sea positivo.

 

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