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Las CCAA podrán contratar a 10.000 profesionales sanitarios

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto Ley que permite la contratación, de forma excepcional, de personal sanitario extracomunitario o que no haya conseguido plaza en la pasada convocatoria MIR

29 SEP 2020 - 00:00
Foto: EUROPA PRESS
Foto: EUROPA PRESS

REDACCIÓN / AGENCIAS. Murcia. 

El Gobierno ha autorizado a las Comunidades Autónomas la contratación, de forma excepcional, de personal sanitario extracomunitario o que no haya conseguido plaza en la pasada convocatoria de MIR, lo que supondría unos 10.000 profesionales para aliviar la sobrecarga de la Sanidad Pública. Lo ha hecho tras la aprobación de un Real Decreto-Ley en el Consejo de Ministros que recoge la posibilidad de que se pueda contratar a aquellos profesionales que cuentan con el grado, licenciatura o diplomatura correspondiente pero carecen del título de especialista reconocido.

El texto recoge que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses y el periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.

Esto permite a las comunidades contratar a quienes superaron las pruebas selectivas de formación sanitaria especializada en la convocatoria 2019-2020 pero no consiguieron plaza. En concreto, en el ámbito de la Medicina son 4.557 los profesionales que realizaron las pruebas selectivas de la formación sanitaria especializada que no tienen plaza. Por otro lado, el número de profesionales extracomunitarios que se pueden contratar asciende a 234. El Ministerio de Sanidad ha informado de que también se podrá contratar a los sanitarios extracomunitarios siempre que el Comité de Evaluación haya emitido el informe propuesto, es decir que esté en primera fase de tramitación del expediente.

Lo acordado por el Ejecutivo contempla también que las Comunidades Autónomas podrán destinar el personal de Enfermería y médico facultativo especialista, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente. Cada autonomía podrá acordar que los que presten servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área para "reforzarla" y siempre quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.

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