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Los alcalde del PSOE exigen a López Miras que tenga en cuenta a los ayuntamientos en la toma de decisiones

Los dirigentes municipales socialistas critican el traspaso de la competencia de la Ley de Protección Ambiental a los consistorios y la tachan de "irresponsable y temeraria"

09 MAY 2020 - 00:00
Videoconferencia entre los alcaldes y López Miras
Videoconferencia entre los alcaldes y López Miras. COMUNIDAD
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Los alcalde del PSOE exigen a López Miras que tenga en cuenta a los ayuntamientos en la toma de decisiones
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REDACCIÓN. Murcia

Los alcaldes y alcaldesas socialistas han mantenido una reunión con el presidente de la Comunidad, Fernando López Miras, para abordar cuestiones que afectan a las fases de desescalada, así como a otros asuntos de especial sensibilidad como la Ley de Protección Ambiental, y le han exigido que estas reuniones "no sean un mero escaparate, sino que el Gobierno regional cuente con los ayuntamientos en la toma de decisiones, algo que hasta ahora no ha hecho", según informa el PSRM-PSOE en un comunicado.

Los alcaldes y alcaldesas del PSOE señalan que la decisión de traspasar competencias ambientales en urbanismo es irresponsable y temeraria por parte del Gobierno regional, ya que, hasta ahora, el "doble filtro" garantizaba una mayor transparencia.

En este sentido, indican que la arbitrariedad "no puede ser la tónica predominante a partir de ahora en un tema tan importante como es el medio ambiente, ya que esta decisión podría generar desigualdad de criterios entre municipios", según ha afirmado Pascual Lucas, portavoz de los alcaldes socialistas y alcalde de Cieza.

El traspaso de la competencia de la Ley de Protección Ambiental a los consistorios también ha sido duramente cuestionado por alcaldes y alcaldesas del PSOE, ya que delega la regulación, pero la financiación recae en los ayuntamientos, con el sobreesfuerzo que supone en el panorama actual.

Consideran "precipitado" que las playas abran en mayo, tal y como indicó el consejero de Sanidad, y así lo han manifestado los regidores socialistas de los municipios costeros, afirmando que se debe guardar cautela y garantizar por encima de todo la salud de la ciudadanía.

De la misma forma, la Comunidad Autónoma también transfiere la competencia relativa a las quemas agrícolas, a pesar de ser competencia de la CARM y de que muchos municipios no cuentan con los recursos necesarios para poder abordar este problema.

Finalmente, los dirigentes municipales socialistas han insistido en que el Gobierno regional debe contar con los ayuntamientos antes de la toma de decisiones, no solo para informar a posteriori. "No puede obviar a la Federación de Municipios de la Región de Murcia, negando la posibilidad de debate y de una puesta en común de las necesidades y situaciones reales de las localidades murcianas", añaden.

APROBACIÓN DEL DECRETO-LEY EN EL BORM

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado hoy el Decreto Ley de Mitigación del Impacto Socioeconómico de la Covid-19 en el área de Medio Ambiente, aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado jueves, y cuya aplicación entrará en vigor a partir de mañana.

De esta forma, desde mañana domingo, 10 de mayo, los ayuntamientos pasarán a tener la condición de órgano ambiental, para que sean estos los que realicen la evaluación ambiental de los planes urbanísticos de desarrollo y sus correspondientes proyectos de urbanización.

"Con esta medida ponemos en valor la autonomía y las competencias municipales, y se agilizan los procesos, puesto que se simplifican los procedimientos y se mantiene la tutela autonómica solo en aquellos planes que la requieren por su normativa sectorial", explicó el consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo.

Con esta modificación se da coherencia a la tramitación sectorial de planes y programas, dejando la función de órgano ambiental al órgano municipal cuando es este el que aprueba definitivamente, como es el caso de planes parciales y planes especiales. Por su parte, el órgano autonómico ejercerá la potestad de órgano ambiental cuando este intervenga en la aprobación del plan o programa como es el caso de los planes generales y sus modificaciones estructurales.

La Ley 2/2017, de 13 de febrero, obligaba ya a los ayuntamientos de más de 50.000 habitantes a ser el órgano ambiental en los procesos de evaluación ambiental estratégica simplificada, de todos los planes parciales y especiales urbanísticos. Al igual que aprueban los instrumentos urbanísticamente ahora lo hacen también ambientalmente.

"En base a la experiencia positiva, ahora lo ampliamos para que todos los ayuntamientos lleven a cabo la evaluación ambiental de los instrumentos urbanísticos de desarrollo, como planes parciales, especiales y proyectos de urbanización", afirmó Luengo, quien añadió que "otras regiones como la Comunidad Valenciana tiene este mismo modelo y es referente por su eficacia, por lo que hemos seguido sus pasos".

Además, y para los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, "la Comunidad ofrece la posibilidad de suscribir convenios entre los municipios y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente para que la Dirección General de Medio Ambiente realice la evaluación ambiental cuando estos municipios carezcan de los medios adecuados", señaló el consejero, "que además no supondrá ningún coste para ellos".

Con la entrada en vigor de este Decreto Ley, el procedimiento de evaluación se regula, acotando todos los plazos del proceso, y permitiendo acumular los trámites de aprobación de los planes y de los proyectos paralelamente con el procedimiento de evaluación ambiental.

Por último, en cuanto al proceso de consultas que debe llevar a cabo el ayuntamiento, se acotan los plazos y se establece que las consultas ambientales y la información pública pueden realizarse de forma simultánea a las consultas sectoriales, de forma que no se consulte al mismo órgano en dos ocasiones diferentes en relación al mismo plan. Además, sigue siendo preceptivo que los consistorios informen a la Dirección General de Medio Ambiente y de Medio Natural.

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