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Ratificado el acuerdo que regula el teletrabajo en la Administración regional hasta el 15 de septiembre

De manera excepcional, se podrá llegar al 100 por 100 de la jornada si se acreditan necesidades de conciliación que lo requieran

11 JUN 2020 - 00:00
Rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno
Rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno. ORM
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Ratificado el acuerdo que regula el teletrabajo en la Administración regional hasta el 15 de septiembre
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REDACCIÓN. Murcia

El Consejo de Gobierno ha ratificado hoy el acuerdo que regula el teletrabajo en la Administración regional con el objetivo de facilitar la conciliación familiar y laboral de los empleados públicos y proteger a los colectivos vulnerables mientras se mantienen las circunstancias excepcionales derivadas de la crisis sanitaria del coronavirus.

La orden, que fue acordada el pasado viernes en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios con el apoyo mayoritario de las organizaciones sindicales, fija la vigencia de este acuerdo hasta el 15 de septiembre, con posibilidad de prórroga, y detalla las condiciones en las que se prestará esta modalidad de trabajo, según explicaba el consejero de Presidencia, Javier Celdrán, tras el Consejo de Gobierno

El acuerdo señala que las direcciones generales, consejerías u organismos deberán enviar una propuesta de Plan de Teletrabajo en el que figuren entre otros aspectos la relación de personas que se van a acoger a esta modalidad de trabajo, los puestos de trabajo y el porcentaje de trabajo que se realizará de manera telemática, su duración, los objetivos que se fijen para cada empleado público y el seguimiento.

El documento recoge también los grupos que se podrán acoger al teletrabajo, que serán aquellos empleados públicos con necesidades de conciliación personal, familiar y laboral, los colectivos vulnerables, las víctimas de violencia de género o del terrorismo y aquellos empleados públicos que ocupen despachos en los que no sea posible mantener la distancia de seguridad. Todos ellos deben presentar la documentación que acredite que cumplen con estas condiciones.

La jornada que se prestará desde los domicilios oscilará entre el 20 y el 80 por ciento del trabajo mensual. No obstante, y de manera excepcional, se podrá llegar al 100 por 100 de la jornada si se acreditan necesidades de conciliación que lo requieran o en el caso de las personas pertenecientes a colectivos vulnerables a quienes el servicio de prevención de riesgos laborales haya recomendado no acudir presencialmente a sus puestos de trabajo.

En el acuerdo, que recoge las condiciones y medios técnicos necesarios, se especifica de igual manera que la prestación de servicios en esta modalidad es una medida organizativa voluntaria que podrá ser revertida en cualquier momento a petición de los trabajadores o por necesidades del servicio.

De igual manera, se especifica que el trabajo que se preste en esta modalidad estará sometido a seguimiento, control y evaluación por parte de las jefaturas de servicio o unidades administrativas, que deberán realizar informes que se enviarán a la Dirección General de Función Pública.

El texto fija además la creación de una comisión de seguimiento de este acuerdo que estará compuesta por la Administración regional y por representantes de las organizaciones sindicales y que además de recibir información sobre la aplicación del mismo se encargará de realizar los trabajos para la regulación del teletrabajo en la Administración regional. 
 

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