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VIVA LA RADIO. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Planta de tratamiento de residuos sólidos y líquidos, construida en Lorca sin licencia

06:48
09 DIC 2019 - 00:00
Olores, ruido, humos contaminantes. Tribunales españoles, incluido el Constucional, negaron la protección de derechos fundamentales a los vecinos. Violación del artículo 8 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos.

La Comisión se pronuncia unánimemente a favor de la existencia de una violación del artículo 8 del Conveniodando la razón a Gregoria López Ostra. Ella vive en Lorca, cerca del centro de la ciudad. En julio de 1988 comienza a funcionar, sin licencia, una planta de tratamiento de residuos sólidos y líquidos, construida con una subvención pública. Debido a un defectuoso funcionamiento, empezó a despedir gases, humos y malos olores, ocasionando problemas de salud a muchas personas. El 8 de septiembre de 1988 el Ayuntamiento ordena el cese de una de las actividades de la planta, pero permite que continúe con otra: el tratamiento de aguas residuales. A pesar de ello continuaron los problemas de salud de la familia de la recurrente. Los gases y malos olores además de hacen imposible tener una convivencia familiar normal.

Gregoria acude al proceso de protección de derechos fundamentales, el cual resulta contrario a sus pretensiones en virtud de la sentencia de la Audiencia Territorial de Murcia de 31 de enero de 1989. El Tribunal Supremo asimismo desestima el recurso de apelación por sentencia de 27 de julio de 1989. En ambas instancias el Ministerio Fiscal informó favorablemente a las pretensiones de Gregoria. El Tribunal Constitucional declara inadmisible el recurso de amparo que interpone, por ser, a su juicio, manifiestamente infundado.

Desde octubre de 1992 a febrero de 1993 la recurrente y su familia son realojados en el centro de Lorca, haciéndose cargo el Ayuntamiento del pago del alquiler del piso. Ante la incertidumbre del futuro, en la fecha últimamente indicada, la recurrente y su familia se mudan a una vivienda que al efecto adquieren.

Las cuñadas de la recurrente entablan procesos administrativos ordinarios y penales. En virtud de la instrucción de una denuncia por delito ecológico, el 27 de octubre de 1993 la planta es clausurada por la Audiencia.

Charlamos con José Luis Mazón, abogado, artífice de la demanda y con Blanca Soro, del Instituto Biodereccho, Litigios climáticos y Justicia : luces y sombras Debilidades del ordenamiento español para afrontar los daños y los riesgos climáticos, un eventual litigio climático en España. 


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