La Ley de Segunda Oportunidad permite este procedimiento, que es ágil en la Región y que puede resolverse en un plazo de 27 días
El número de los llamados concursos sin masa aumenta cada año. En Murcia este tipo de procedimientos son muy ágiles con juzgados como el número 1 que resuelve la exoneración de deuda a particulares en un plazo de 27 días. En el juzgado de lo Mercantil 4 de Murcia con sede en Cartagena cada día se pueden firmar cuatro o cinco según nos cuenta su magistrado, Javier Quintana.
Un concurso sin masa ocurre cuando no hay bienes suficientes para afrontar el coste del procedimiento, lo que evita la gestión de un activo que no existe o es insignificante. Son una vía para la Ley de la Segunda Oportunidad, según lo establecido por la reforma de la Ley Concursal de 2022. Es más ágil y menos costoso. En la Región de Murcia esa agilidad se traduce en unos tiempos de récord en algunos casos tal y como explica el magistrado de juzgado de lo mercantil numero cuatro de Murcia, Javier Quintana.
Para conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, el perdón de las deudas pendientes hay un requisito fundamental: la buena fe. Ocultar bienes (como una herencia recibida durante el proceso), o actuar con temeridad, negligencia o engaño, puede llevar a la revocación de la exoneración incluso después de haber sido concedida.