El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto en el que los arrendadores tendrán que tener firmado un contrato con menores de 35 años o personas vulnerables
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto en el que se establece la regulación de una cobertura para los propietarios ante eventuales impagos de rentas para contratos de alquiler de viviendas a jóvenes y personas vulnerables.
Según el Gobierno, el objetivo de esta cobertura, que será gestionada por las comunidades autónomas de régimen común y ciudades de Ceuta y Melilla, es facilitar el acceso a la vivienda a estos colectivos.
Para contar con esta cobertura, los arrendadores deberán cumplir los siguientes requisitos: firmar un contrato con menores de 35 años o personas vulnerables (según lo establecido en cada CCAA), cobrar una renta del alquiler que no supere el índice estatal de referencia y depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler, así como sus actualizaciones, y suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.
Junto con estas condiciones, las comunidades autónomas podrán fijar criterios adicionales si así lo consideran, dado que serán ellas las que gestionen estos avales.
Las compensaciones a las que da cobertura el aval contemplan el impago de rentas de alquiler, así como los daños causados a la vivienda o el coste de los suministros debidos.
Los beneficiarios de esta medida, que deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, serán las personas arrendadoras de las viviendas o bien las comunidades si estas han suscrito un seguro con las personas arrendadoras.
La cobertura, cuyo línea presupuestaria aún no se ha aprobado ni se ha especificado el importe con el que contará, estará limitada a eventuales impagos y daños generados en los contratos vigentes a 30 de enero de 2025. Las CCAA deberán remitir semestralmente información al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana acerca de las coberturas aplicadas.