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Los trabajadores pueden ausentarse hasta cuatro días en casos de riesgo grave por lluvias

Los sindicatos recuerdan la existencia del “permiso climático” contemplado en la Ley de Riesgos Laborales

JAVIER RAMÍREZ
10 OCT 2025 - 12:42
Los trabajadores pueden ausentarse hasta cuatro días en casos de riesgo grave
Cartel informativo de UGT sobre el "permiso climático". UGT
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Los trabajadores pueden ausentarse hasta cuatro días en casos de riesgo grave por lluvias
01:45

No hay un protocolo para que los padres puedan quedarse en casa en caso de que se paralicen las clases, pero los sindicatos recuerdan que sí existe la fórmula legal para que los trabajadores puedan reducir su jornada laboral o, incluso, ausentarse hasta cuatro días en caso de riesgo grave o inminente para su vida, ya sea en el centro de trabajo o en el trayecto al mismo.

Así queda expuesto en el artículo 21 de la Ley de Riesgos Laborales. Es el conocido como permiso climático y se activa cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: la imposibilidad de acceder al centro de trabajo a causa de fenómenos meteorológicos, cuando las autoridades establezcan limitaciones de movilidad o situaciones de riesgo grave o inminente derivadas de fenómenos adversos, según explicó Pablo Alarcón, secretario de Salud Laboral de CCOO en la Región.

En estos casos, si el trabajador actúa de manera unilateral debe comunicarlo a la empresa. También puede tomar esta decisión el comité de empresa o el representante de los trabajadores, previa notificación a la compañía, y en aquellos casos en los que el centro de trabajo no haya adoptado las medidas de seguridad necesarias, señaló Miguel Lajarín, secretario de Juventud de UGT en la Región.

Desde los sindicatos también recuerdan que, siempre que sea posible y la actividad lo permita, las empresas tienen la obligación de facilitar el teletrabajo.

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