El Gobierno fija las franjas horarias para salir a la calle a partir de este sábado y prohíbe utilizar un vehículo motorizado o transporte público para desplazarse con el fin de pasear o hacer deporte
REDACCIÓN
El Gobierno ha fijado franjas horarias para la salida de la población a la calle a partir de las 00:00 horas del próximo sábado día 2, cuando se permita salir a las familias a pasear y a hacer una hora de deporte de manera individual.
El ministro de Sanidad Salvador Illa ha indicado que "la franja horaria para actividades deportivas y paseos de adultos será de 06:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas". Los paseos se realizarán con un solo acompañante que debe ser el conviviente, en un radio máximo de un kilómetro, y una hora al día. "Quedan excluidos todos aquellos que presenten síntomas", ha dicho el ministro.
En cuanto a la actividad deportiva, esta se permitirá cuando sea de carácter individual y sin contacto, una vez al día y dento del municipio de residencia. En este caso no habrá limitación de distancia respecto al domicilio, ha dicho Illa. El ministerio publicará este viernes una guía en la que detallará, entre otras cuestiones, la duración de los paseos y de las actividades deportivas.
DEPENDIENTES Y MAYORES DE 70
En el caso de las personas mayores de 70 años o dependientes que precisen compañía de cuidadores, se les reserva el horario entre las 10.00 y las 12.00 horas, por la mañana, y entre las 19.00 y 20.00 horas de la tarde.
MENORES DE 14 AÑOS
En la misma orden, se restringe el horario de los paseos ya permitidos para los menores de 14 años entre las 12.00 del mediodía y las 19.00 horas (ahora se permiten desde las 9:00 de la mañana a las 21:00 horas de la noche) con el objetivo de que las personas autorizadas a salir de sus casas una vez al día no se concentren en las mismas horas. Se realizarán así fuera de las franjas horarias reservadas para actividades deportivas y salidas de adultos y mayores.
En los municipios de menos de 5.000 habitantes no se aplicarán las franjas horarias.
EL BOE PUBLICA LA ORDEN
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden que fija las condiciones en las que las personas mayores de 14 años podrán pasear y hacer deporte individual sin contacto desde el sábado. Aquí puedes leer leer algunas de las condiciones:
- Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio.
- La práctica no profesional de cualquier deporte individual está permitida dentro del municipio donde se reside.
- Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, aunque no se podrá acceder a instalaciones deportivas cerradas.
- No se puede usar vehículo motorizado ni transporte público para desplazarse con el fin de pasear o hacer deporte.
- Se deberá mantener una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir aglomeraciones.
- En la medida de lo posible, los paseos y la actividad deportiva se debe realizar de manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios públicos. Cuando sea necesario, se llevará a cabo por el tiempo estrictamente necesario.
- Se deberán cumplir las medidas de prevención e higiene frente a la COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias
Las personas con síntomas compatibles con la enfermedad de la COVID-19 o que se encuentren en cuarentena tras haberse contagiado o por haber estado en contacto con una persona portadora del virus no estarán autorizados a disfrutar de estos paseos ni a salir a hacer deporte, ha precisado el ministro en una rueda de prensa desde el Palacio de La Moncloa.
"España está con mucha humildad, ganando semanas. Será uno de los primeros países en comenzar la desescalada. Esta nueva normalidad no tiene un manual de instrucciones, pero sí que hay certezas desde el conocimiento que hemos ido adquiriendo y siempre tomando el criterio de la ciencia como base", ha dicho Illa en su comparecencia en La Moncloa.
El ministro ha anunciado que "mañana o pasado" se editará una guía con los detalles de la normativa para realizar estos actividades, de las que quedan excluidas expresamente aquellos ciudadanos que tengan síntomas o que estén en periodo de cuarentena o en aislamiento domiciliario.
CUIDADO DE HUERTOS INDIVIDUALES
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado que este mismo jueves entra en vigor una orden que permitirá actividades de cuidado y recolección en los huertos individuales, una de las medidas de alivio en el marco de la desescalada de la pandemia.
Se permitirá retomar esta actividad cuando el huerto esté dentro del mismo municipio o en municipios limítrofes, aunque cabe una excepción: si se trata del cuidado de animales o de un huerto de "alto consumo".
Ppara llevar a cabo esta actividad, los desplazamientos deberán ser "los mínimos posibles", en solitario (excepto cuando le acompañe una persona con discapacidad o un menor), y siempre de acuerdo a las normas que dicte "la autoridad competente".