El TSJ reconoce el derecho del profesional de Renfe a conciliar en la capital para poder cuidar a tres menores
Un maquinista de Renfe destinado en Cartagena ha conseguido el traslado a Madrid para poder cuidar a tres menores: dos hijos biológicos y una sobrina acogida. Ese derecho ha sido reconocido por el Tribunal Superior de Justicia en una sentencia que hace valer la perspectiva de género para este trabajador, con el fin de que no sea la madre en exclusiva la que se ocupe íntegramente del cuidado y protección de la familia.
Renfe no había respondido favorablemente a la solicitud del maquinista, que acudió primero al juzgado de lo social de Cartagena, que se pronunció a su favor, y luego al Tribunal Superior, cuando la empresa recurrió el primer fallo. Patricia Moreno, secretaria de Comunicación, Mujer e Igualdad en el sector estatal Ferroviario de Comisiones Obreras, comenta que la solicitud debe probar y acreditar la necesidad, en este caso, de cuidar a niños y niñas menores de 12 años.
El Tribunal indica que la ubicación geográfica puede formar parte perfectamente de la "forma de prestación" del trabajo a la que se alude en el Estatuto de los Trabajadores para adaptar la jornada y conciliar la vida laboral y familiar. Lo novedoso de esta sentencia es que se solicita un traslado desde la Región de Murcia hasta Madrid para poder cuidar a los menores, pues lo habitual es limitarse a solicitar la adaptación del horario.
La otra circunstancia llamativa de la petición del trabajador es que sea un hombre quien solicita ser corresponsable en el cuidado paternal. De hecho, la categoría de maquinista ferroviario está pendiente de feminizar, pues no llega al 10 % la cantidad de mujeres que ejercen esta profesión en nuestro país. La responsable de Comisiones Obreras recuerda que aún hay una profesión más masculinizada en este sector, la que tiene que ver con el mantenimiento técnico, donde ver a una mujer es una auténtica rareza.