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Requisitos a cumplir por las empresas para beneficiarse de las exenciones previstas tras un ERTE

Hablamos con el asesor Juan Francisco Blázquez, que recuerda que los trabajadores afectados no tendrán que hacer trámites para cobrar el paro

19 MAR 2020 - 00:00
Requisitos a cumplir por las empresas para beneficiarse de las exenciones previstas tras un ERTE
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Requisitos a cumplir por las empresas para beneficiarse de las exenciones previstas tras un ERTE
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REDACCIÓN. Murcia

Los asesores recuerdan que para beneficiarse de las exenciones previstas por el gobierno en la presentación de un ERTE se deben de cumplir una serie de requisitos.

El más importante es que tienen que ser empresas que hayan cerrado al público debido al estado de alarma o empresas que por contagio de sus trabajadores prácticamente tengan que echar la persiana por causas de fuerza mayor.

En una entrevista en Onda Regional, el asesor Juan Francisco Blázquez ha recordado que el Estado solo condonará el cien por cien de la cuota empresarial de la seguridad social a empresas con menos de 50 trabajadores. Si tienen más , la condonación solo será del 75 por ciento. 

Los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en la crisis del coronavirus no tendrán que hacer ninguna gestión ante el servicio estatal público de empleo (SEPE) para cobrar el paro, sino que se les dará de alta automáticamente una vez la empresa lo notifique.

Se van a tramitar de oficio todas las altas para que la gente cobre las prestaciones con normalidad a final de mes sin tener que hacer nada ante el SEPE.

Otra de las medidas para las empresas es el aplazamiento de hasta 30.000 euros en el pago de impuestos.

 

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