El consejero de Salud, Juan José Pedreño, dice que el documento delimitará la actividad asistencial de la Medicina Estética que únicamente realiza tratamientos no quirúrgicos
El consejero Juan José Pedreño ha presentado en el Consejo de Salud el nuevo decreto por el que se regulan los requisitos técnicos-sanitarios de los centros de medicina estética en la Comunidad. El documento establece que esos establecimientos deberán tener identidad propia de forma que se garantice la adecuada separación e independencia en la estructura e instalaciones respecto a cualquier otra actividad. El texto de esta norma se publica esta misma semana en el Portal de la Transparencia
Asegura Pedreño que con el decreto se pretende propiciar la calidad en el ejercicio de esta actividad, con información completa y transparente, además de implantar una práctica clínica basada en la evidencia científica y en la estandarización de protocolos. El documento delimitará la actividad asistencial de la Medicina Estética que únicamente realiza tratamientos no quirúrgicos, y corresponde a licenciados o graduados acreditados; queda definido que el facultativo no deberá emprender ningún tratamiento si se considera que el balance beneficio/riesgo no es favorable.
Destaca también el aspecto relativo a la publicidad: todos los centros y servicios de Medicina Estética deberán cumplir con lo preceptuado en la normativa básica y autonómica reguladora de la publicidad y promoción comercial.
En la reunión también se abordó el Código Riesgo Suicida, cuyo objetivo es organizar las actuaciones de la red de Salud Mental para lograr una continuidad asistencial desde la atención hospitalaria en urgencias y el seguimiento proactivo de las personas con intentos de suicidio recientes; también informaba a los miembros de ese órgano consultivo del balance del servicio de prevención de riesgos laborales y de la campaña de vacunación antigripal a personal sanitario, que comenzó el 14 de octubre y alcanza una cobertura del 28% de todo el personal del Servicio Murciano de Salud.