Había apelado al Tribunal Superior de Justicia, que ha desestimado el recurso, avalando la sentencia que condenaba los abusos a un menor de edad
Desestimado el recurso de un párroco condenado por abusar de un niño de forma continuada.
Según el relato de los hechos, el condenado llevó a cabo los delitos cuando era vicepárroco de una iglesia. Entabló relación con la familia del menor, e incluso llegó a tener las llaves del domicilio donde residía el menor con su familia, y llegó a ser frecuente que pernoctara allí. Fue tan estrecha la relación que, cuando el acusado fue destinado a otra iglesia, el menor acudió en varias ocasiones a visitarle, lo que conllevaba que se quedara a dormir en su domicilio.
En un periodo de tiempo que no ha quedado determinado pero en el que la víctima contaba con 13 años de edad, el acusado se prevalió especialmente del gran nivel de ascendencia y superioridad que había adquirido sobre el menor, aprovechó los momentos en los que se quedaban solos y, movido siempre por un ánimo lascivo o de satisfacción del apetito sexual, abusó del menor manteniendo relaciones en varias ocasiones, según los hechos considerados probados por la sentencia.
Para mantener en el tiempo su ascendencia sobre el menor, el acusado le hacía continuos regalos. Al tiempo, el niño vio afectado su rendimiento académico, así como su comportamiento anímico, afectivo y psicológico.
El individuo fue condenado en primera instancia como autor de un delito continuado de abuso sexual a la pena de siete años y nueve meses de prisión, con prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicación al menor. También se le impuso la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad. El condenado apeló, pero el tribunal ha desestimado el recurso y avalando la primera sentencia.