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El TSJ ordena que se repita la votación en dos mesas electorales de Ceutí

Estima parcialmente el recuso electoral interpuesto por Vox. Considera que la falta de remisión a la Junta Electoral de Zona de los 27 votos reputados nulos “sí puede ser relevante"

ONDA REGIONAL
05 JUL 2023 - 12:14
El TSJ ordena que se repita la votación en dos mesas electorales de Ceutí
Sonia Almela, alcaldesa en funciones de Ceutí (archivo). PSOE
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El TSJ ordena que se repita la votación en dos mesas electorales de Ceutí
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJMU, en sentencia notificada hoy, estima parcialmente el recurso contencioso electoral interpuesto por la formación política Vox contra el acuerdo 19 de junio de la Junta Electoral de Zona de Mula de proclamación oficial de candidatos electos al Ayuntamiento de Ceutí en las elecciones municipales, declara la nulidad de los resultados en dos mesas del municipio y ordena que se proceda a efectuar nueva convocatoria para que se repita la votación en dichas mesas electorales en el plazo de tres meses a partir de esta sentencia.

Los magistrados señalan que las irregularidades relativas a las mesas 01-002-B y 01-006-A, al no contenerse en los sobres remitidos a la Junta Electoral de Zona los 27 votos reputados nulos, “sí puede ser relevante, en cuanto que la formación política recurrente quedó a tres votos de obtener un concejal”. Al contrario que ocurrió en el recurso resuelto recientemente por la Sala en el que, a pesar de advertirse irregularidades en el acta de la sesión de una mesa en Cartagena en cuanto a lo votos emitidos a favor de una candidatura, “la verdad material manifestada por los electores de aquella no era determinante del resultado final de la elección”, pues en ningún caso sumaría un nuevo diputado en la Asamblea Regional.

Las papeletas de los 12 y 15 votos declarados nulos en las citadas mesas, tal como recogen las actas de sesiones, “no se incorporaron al sobre uno, como tampoco, por error en el sobre tres, ni, una vez realizadas gestiones por la Junta Electoral de Zona, en el remitido a la Junta Electoral Provincial junto a la documentación electoral relativa a las elecciones autonómicas”.

La resolución aclara, por tanto, que se “ha privado a la Junta Electoral de Zona de la misión que tiene de verificar el control de legalidad del proceso de votación desarrollado en las Mesas Electorales y, como tal dotar de validez a los votos que estime indebidamente declarados nulos por aquellas” tal como establece la Ley Electoral.
Los magistrados rechazan la pretensión de nulidad de las votaciones realizadas en una tercera mesa.

Contra la resolución no cabe recurso ordinario ni extraordinario, sin perjuicio del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

 

Satisfacción en VOX; la alcaldesa anuncia un recurso de amparo

En una de las mesas impugnadas, la 006A, estaba como presidenta Isabel García. Asegura estar perpleja porque según ella, "todo fue limpio y transparente".

María Gil, la actual concejala de VOX, que ha recurrido estos resultados primero en la Junta electoral de Mula y después en la de Madrid, ha señalado que se siente muy satisfecha por esta sentencia del TSJ y que, a partir de ahora, todas las opciones están abiertas. 

La actual alcaldesa de Ceutí en funciones, Sonia Almela, ha anunciado un recurso de amparo al Constitucional tras la sentencia del TSJ que anula las votaciones en dos mesas que habían sido impugnadas por VOX en este municipio. Almela asegura que se trata de una injusticia.

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