A partir del próximo 1 de julio, cualquier vivienda que se anuncie para un alquiler distinto al de vivienda habitual, deberá estar inscrita en un inventario nacional
El alquiler de vivienda suma un nuevo requisito este verano, ya que desde el próximo primero de julio, cualquier inmueble que no se destine al alquiler de vivienda habitual, tiene que estar registrado para poder anunciarlo. Ya sea un alquiler por días, para residencias de estudiantes o, entre otros, un alquiler de temporada.
Desde el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria consideran que la población piensa que este registro es únicamente para los alquileres vacacionales que se suelen encontrar en plataformas como Booking o AirBnB.
"Es obligatorio para cualquier vivienda de alquiler temporal, cualquier alquiler que no sea de vivienda habitual: estudiantes, por habitaciones... cualquier tipo tiene que estar registrado para anunciarlo". Jerónimo Jover, portavoz del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.
Se tiene que hacer a través de la página del registro de la propiedad, que facilitará un código que hay que poner en todos los anuncios del inmueble. El procedimiento que tiene un coste cercano a los 33 euros.
Juan Francisco Martínez, director del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, dice que comparten el fondo de esta Directiva de la Unión Europea, pero no con la forma de aplicación por parte del Ministerio.
"La directiva europea dice que solo puede haber un registro que aglutine los alojamientos turísticos. Si las comunidades autónomas, que tenemos las competencias, ya tenemos un registro, contradice la ley la normativa europea que se quiera crear otro registro estatal", explica Martínez.
Desde el Gobierno regional consideran que el Estado no ha contado con las comunidades autónomas, que son las que tienen las competencias en este sentido, motivo por el que "las cosas salen mal y tarde".