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Desempleados podrán conmutar las sanciones del Ayuntamiento de Murcia por trabajos en beneficio de la comunidad

Podrán conmutar sus sanciones administrativas cuyo importe sea igual o superior a 50 euros y no supere los 1.500 euros

07 SEP 2018 - 00:00
Desempleados podrán conmutar las sanciones del Ayuntamiento de Murcia por trabajos en beneficio de la comunidad
Maruja Pelegrín, en rueda de prensa. AYTO. DE MURCIA

REDACCIÓN

Personas en situación legal de desempleo o cuya unidad familiar obtenga recursos económicos por importe inferior a tres veces el salario mínimo interprofesional podrán conmutar las sanciones administrativas del Ayuntamiento de Murcia por trabajos en beneficio de la comunidad.

En concreto, se podrán acoger a esta medida aquellas personas que reúnan estos requisitos y cuya sanción sea igual o superior a 50 euros y no supere los 1.500 euros, tal y como aparece recogido en el proyecto de Ordenanza Reguladora del procedimiento de sustitución de sanciones económicas por trabajos en beneficio de la comunidad aprobado este viernes por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia.

Así lo ha hecho saber la concejala de Comercio, Organización y Relaciones Institucionales, Maruja Pelegrín, quien ha señalado que el Equipo de Gobierno está realizando los trámites del proyecto de ordenanza encaminados a que el Pleno municipal lo apruebe "fruto de un acuerdo plenario y del consenso con los grupos políticos".

En concreto, esta normativa será trasladada ahora al Pleno, previo dictamen de la comisión informativa para su aprobación inicial, y se expondrá públicamente durante 30 días. Tras resolver las alegaciones, se aprobará definitivamente en Pleno para su entrada en vigor.

En la rueda de prensa posterior a la reunión de la Junta de Gobierno, Pelegrín ha explicado que la entrada en vigor de la ordenanza se produciría, probablemente, entre los meses de octubre o noviembre. A modo de ejemplo, ha señalado que se podrán beneficiar de esta medida infractores que hayan cometido pintadas o actos vandálicos contra el mobiliario público.

El objetivo de esta nueva normativa es generar en el sancionado una mayor implicación en el cumplimiento de la norma y, a la vez, reponer a la comunidad, con su esfuerzo personal, los daños o perjuicios que pudiera haber ocasionado con su conducta infractora.

Según el texto aprobado, se considera trabajo en beneficio de la comunidad la prestación de la cooperación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo, tendente a servir de reparación para la comunidad perjudicada por el ilícito administrativo.

A modo orientativo, se podrá desarrollar en los servicios de medio ambiente, deportes, bienestar social, juventud, cultura, bibliotecas, limpieza pública, mantenimiento y reparación de mobiliario urbano y señalización.

Quedarán excluidas las sanciones tributarias, las urbanísticas y las de tráfico, las sanciones impuestas a personas jurídicas, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos y las conductas reincidentes (haber sido sancionado mediante resolución firme, en los dos años anteriores a la fecha de comisión de la infracción, por una infracción del mismo tipo).

Pelegrín ha puntualizado que los trabajos en beneficio de la comunidad tendrán carácter voluntario y tendrán que solicitarse por los propios infractores. El desestimiento o la no aceptación de la actividad de trabajo o servicio en beneficio de la comunidad, o bien el incumplimiento injustificado de la misma, conllevará la continuación del trámite para el cobro de la sanción pecuniaria en forma reglamentaria.

 

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