La Audiencia Nacional rechaza el recurso de la Fiscalía contra la exculpación de Pedro Antonio Sánchez en Púnica
El ministerio público pidió que se declarara la nulidad de su resolución por suponer la vulneración de derechos fundamentales
La Audiencia Nacional da la razón a la Fiscalía Anticorrupción, que recurrió por entender que el juez Manuel García Castellón había "desconocido" el relato de los hechos que él había plasmado en sus propias resoluciones
EUROPA PRESS. Madrid/Murcia
El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez vuelve a estar imputado en el 'caso Púnica' después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional haya anulado el auto de archivo.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta da la razón a la Fiscalía Anticorrupción, que recurrió por entender que el juez Manuel García Castellón había "desconocido" el relato de los hechos que él había plasmado en sus propias resoluciones y el archivo era por tanto "incongruente y confuso".
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 acordó el sobreseimiento para Sánchez al*entender que "el supuesto fraude" investigado no pasaba de la "mera sospecha".
El exdirigente 'popular' estaba siendo investigado por concertar supuestamente trabajos con el informático experto en reputación en internet Alejandro de Pedro para "limpiar" con dinero público su imagen en las redes sociales con motivo de la campaña para las elecciones a la Presidencia de la Región en 2015.
Ahora, tras el recurso de Fiscalía, los magistrados entienden que existe "una confusión y un defecto de explicación razonable" en el sobreseimiento para Sánchez.
"Procede declarar la nulidad del auto por apreciar en el mismo incoherencia entre los hechos y su fundamentaciones jurídica, determinante de vulneración de la tutela judicial efectiva", remarca la Sala.
Esto, conforme explica la resolución, "obliga al instructor a dictar nuevo auto" y a establecer "de forma clara y precisa los hechos objeto de imputación y las personas responsables de los mismos".
El tribunal dice, no obstante, que una vez esclarecidos los "hechos y ámbitos de presunta actuación criminal", deberá especificar en su caso "las razones claras y precisas por las que se considere que no hay datos de discriminación suficientes para continuar las actuaciones" contra el expresidente.
El ministerio público pidió que se declarara la nulidad de su resolución por suponer la vulneración de derechos fundamentales
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