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La Comunidad prorroga hasta el 30 de septiembre la Orden que prohíbe las quemas agrícolas próximas a núcleos urbanos

La Fiscalía pidió extremar las medidas en relación con las quemas agrícolas y su impacto sobre la salud y el medio ambiente en un contexto como el actual, marcado por la crisis del COVID-19

24 JUN 2020 - 00:00
Imagen de archivo de una quema agrícola
Imagen de archivo de una quema agrícola. POLICÍA LOCAL MURCIA

REDACCIÓN. Murcia

La Comunidad Autónoma ha decidido prorrogar hasta el 30 de septiembre la Orden que prohíbe las quemas agrícolas de restos vegetales procedentes de poda en zonas próximas a los núcleos urbanos, según recoge este miércoles el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

La citada Orden, suscrita por el consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a principios del pasado mes, limitaba su aplicación a la vigencia del estado de alarma. Ahora, por tanto, se extiende también a los meses estivales.

El Gobierno autonómico da respuesta así al requerimiento de la Fiscalía de la Región de Murcia respecto a la necesidad de que las administraciones públicas -la regional y las locales- extremen las medidas en relación con las quemas agrícolas y su impacto sobre la salud y el medio ambiente en un contexto como el actual, marcado por la crisis del COVID-19.

La Orden publicada el pasado mes apuntaba que durante las semanas en que el país se encontraba en situación de estado de alarma, la Región reportó casos de quemas en entornos de núcleos urbanos, cuyos humos y molestias afectan a una población que ya se encuentra en riesgo sanitario por los efectos del coronavirus.

EXCEPCIONES

La Comunidad Autónoma permite la quema, con carácter excepcional, en aquellos supuestos adecuadamente justificados, que sean previamente valorados y autorizados por el ayuntamiento correspondiente, ante la imposibilidad de la eliminación mediante otros sistemas prioritarios como su valorización por un gestor autorizado, o su incorporación al suelo mediante triturado o picado.

En todo caso, la quema excepcionada se deberá realizar evitando molestias a los vecinos y poniendo previamente en conocimiento de la Policía Local o el Servicio de Extinción de Incendios, quienes podrán impartir instrucciones concretas sobre el modo de realizarla.

 

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