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¿Qué puedo hacer y qué no en la Región de Murcia?

Tras el cierre de la hostelería, el confinamiento perimetral y las nuevas restricciones en la Región y en los 45 municipios que la componen, te resumimos cómo queda la regulación frente a la covid-19

07 NOV 2020 - 00:00
Actualizado:
08 NOV 2020 - 19:04
Una patrulla policial vigila las calles del centro de Murcia
Una patrulla policial vigila las calles del centro de Murcia. ORM

REDACCIÓN. Murcia

Este sábado 7 de noviembre ha entrado en vigor la orden de la Consejería de Salud que suspende la actividad de los locales de restauración durante 14 días. Además, parques, jardines y espacios de esparcimiento público deberán cerrar a las 19:00 horas 

  • Desde este sábado y durante dos semanas los locales de restauración no podrán abrir sus puertas al público salvo para el servicio a domicilio o para recoger.
  • Quedan exceptuados los servicios de restauración de hoteles, hostels, albergues y otros alojamientos turísticos respecto de los clientes en ellos alojados.
  • También quedan exceptuados los servicios de comedor en residencias de toda índole, comedores del ámbito social y educativo, así como en comedores de los centros de trabajo, respecto a las personas residentes, vinculadas o trabajadoras.
  • Quedan suspendidas las celebraciones posteriores a las ceremonias nupciales y de otra índole civil o religiosa, en las que se presten servicios de hostelería y restauración
  • Con carácter extraordinario y temporal, se suspende la apertura al público y la actividad presencial en los establecimientos y locales de juegos y apuestas
  • Parques, jardines y espacios de esparcimiento de uso público deberán cerrar al público a las 19:00 horas de la tarde si ello fuese posible, quedando prohibido en todo caso la estancia o permanencia en su interior a partir de dicha hora.

CONFINAMIENTO PERIMETRAL EN LA REGIÓN Y SUS MUNICIPIOS

El cierre perimetral de toda la Región de Murcia y de los 45 municipios de la Comunidad para poner freno a la expansión de los contagios por Covid-19 entró en vigor en la medianoche del 30 de octubre tras su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), y tenía inicialmente una duración de 14 días que han sido prorrogados otros 14, según ha aprobado el Gobierno regional este domingo 8 de noviembre.

Desde este momento los ciudadanos solo podrán desplazarse entre municipios o fuera de la Región por una causa justificada y "estrictamente necesaria" como acudir a desplazamiento a los centros de trabajo, por motivos educativos, cuestiones sanitarias o ir a cuidar de una persona dependiente

QUÉ SE PUEDE Y QUÉ NO SE PUEDE HACER EN EL CONFINAMIENTO PERIMETRAL

  • Los ciudadanos no podrán salir de sus municipios ni de los límites de la comunidad salvo en determinadas circunstancias debidamente justificadas
  • No se permite la visita a cementerios de otros municipios de la Región aunque haya vínculos familiares
  • Los ciudadanos podrán circular libremente por sus municipios de residencia
  • Se permite el retorno al lugar de residencia habitual o familiar
  • Se permite la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Los ciudadanos pueden desplazarse a otras localidades o regiones para el cumplimiento  de obligaciones laborales profesionales, empresariales, institucionales o legales
  • También para la asistencia a centros docentes, educativos (incluidos los de educación infantil), y a centros universitarios
  • Se permite la movilidad para la asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, discapacitadas o en situación vulnerable
  • Se permiten los desplazamientos a entidades financieras y de seguros, o estaciones de repostaje en territorios limítrofes
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante organismos públicos, judiciales o notariales
  • Renovación de permisos y documentación oficial, y trámites administrativos inaplazables
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad análoga debidamente acreditada
     

10 MUNICIPIOS DE LA REGIÓN ESTÁN EN FASE 1 FLEXIBILIZADA

Debido a la alta incidencia de casos de coronavirus las localidades de Cieza, Beniel, Bullas, Ceutí, Lorquí, Torre Pacheco, Archena, Totana, Fortuna y Abanilla permanecerán hasta el 9 de noviembre en fase 1 flexibilizada. Esto supone que:

  • Se desaconseja la salida a la calle a los colectivos más vulnerables 
  • El comercio minorista de alimentación y bebida deberá permanecer cerrado desde las 22:00 hasta las 06:00 horas

Este último punto afecta también al municipio de Murcia en los siguientes barrios y pedanías: Barrios del Carmen, Barriomar-La Purísima, Buenos Aires, Infante Don Juan Manuel, Vistabella, San Andrés y pedanías de Nonduermas, La Ñora y Puente Tocinos; así como al Barrio de San Antón en Cartagena.

EN TOQUE DE QUEDA DESDE LAS 23:00 Y NUEVAS RESTRICCIONES

Además, hay que tener en cuenta que en la Región de Murcia han entrado en vigor nuevas medidas restrictivas tras la aplicación del estado de alarma en nuestro país, que se aplicaron durante 14 días y que se han prorrogado durante otro periodo similar. (EN ESTE ENLACE DEL PORTAL MURCIA SALUD SE ACTUALIZAN CÚALES SON LAS RESTRICCIONES EN LA REGIÓN Y EN TODOS LOS MUNICIPIOS)

-Desde las 23:00 a las 06:00 horas hay toque de queda. Con carácter general, la circulación queda vetada en ese horario salvo por la causas especificadas en la norma (comprar medicamentos, ir al trabajo, regresar al domicilio, cuidar a mayores o menores); En ese periodo horario podrán abrir aquellos establecimientos que ofrecen servicios indispensables como establecimientos sanitarios o farmacias.

-Las reuniones serán de 6 personas como máximo. Se prohíbe comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible guardar la distancia de seguridad, y se suspenden las visitas a residencias de estudiantes con limitación de aforo en zonas comunes a un tercio.

-Se refuerza así mismo la recomendación a los ciudadanos para limitar al máximo los contactos sociales, evitar los espacios cerrados sin mascarilla y descargar la aplicación Radar Covid. Así mismo el Gobierno regional recomienda fomentar y promover el teletrabajo siempre que sea posible.

-Se recomienda aplazar celebraciones nupciales y otras celebraciones civiles y religiosas.

-En establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios al público la ocupación máxima permitida será del 50 % del aforo del local; y en mercados o mercadillos en la vía pública, no se podrá superar el 75 % de los puestos autorizados.

-La ocupación máxima permitida de las zonas comunes de hoteles, albergues, hostales y otros alojamientos turísticos será de 1/3 de su aforo habitual, pudiendo mantener abiertas las zonas destinadas a restauración exclusivamente para los clientes alojados en ellos.

-En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales, la ocupación máxima permitida será del 50% del aforo. La misma ocupación para en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y actividades similares en establecimientos cerrados y actividades culturales al aire libre.

RESTRICCIONES EN EL DEPORTE NO PROFESIONAL

-Se permite la práctica deportiva individual al aire libre, respetando las medidas generales de distancia de seguridad interpersonal, protección e higiene, y se suspende la celebración de eventos deportivos no profesionales y las actividades deportivas que impliquen el desplazamiento de un gran número de participantes. 

-Las restricciones derivadas del nuevo estado de alarma no afectan a los equipos de la Región de Murcia de competiciones nacionales (Segunda "B", Tercera División, fútbol sala, voleibol, balonmano...).

-Se suspende el desarrollo de las actividades de las escuelas deportivas municipales y actividades deportivas extraescolares.

-La práctica deportiva federada de menores de 18 años se limitará a los entrenamientos, suspendiéndose el inicio de las competiciones. Los entrenamientos podrán desarrollarse en grupos de 10 personas como máximo que deberán ir provistas de mascarillas quirúrgicas, y solo en pabellones cerrados cuando estén debidamente ventilados

-La práctica deportiva federada de mayores de 18 años se limitará a los entrenamientos activos, suspendiéndose el inicio de las competiciones hasta el 28 de noviembre, fecha en la que se valorará su reanudación a la vista de los resultados epidemiológicos. En los entrenamientos los participantes deberán ir provistos de mascarillas quirúrgicas.

-En las piscinas cubiertas de uso público, ya sean de uso deportivo o recreativo, la ocupación máxima permitida será de 1/3 de su aforo habitual.

RESTRINGIDAS LAS VISITAS A RESIDENCIAS DE MAYORES

-Quedan limitadas las visitas en centros residenciales de mayores y discapacidad así como en viviendas tuteladas.  Dichas visitas sólo podrán realizarse bajo supervisión de un profesional, en exteriores y zonas ajardinadas o en zonas interiores habilitadas al efecto, cumpliendo con todos los protocolos  de seguridad e higiene establecidos por la autoridades sanitarias.

-Asimismo, estos usuarios podrán realizar salidas terapéuticas y visitas médicas, siempre acompañados de un profesional, e incluso se les facilitará la opción de trasladar su residencia fuera del centro, si así lo estiman oportuno, sin perder su derecho a plaza, quedando suspendidos los ingresos, reingresos y traslados, salvo casos de emergencia social o por otras causas debidamente justificadas. 

-En los centros de día de personas con discapacidad y Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, la actividad presencial se limitará a grupos muy reducidos (2-3 personas), preferentemente para aquellos usuarios que, por su situación socio familiar, precisen ser atendidos. El resto de usuarios recibirán la atención de manera telemática, promoviendo la continuidad del servicio en domicilio o en el entorno.

-Por otro lado, los centros de desarrollo infantil y atención temprana, mantendrán su actividad presencial, a excepción de aquellos centros en los que se declare algún positivo en COVID-19 en trabajadores o personas usuarias, en cuyo caso, será estudiado por los servicios sanitario.

-Por último, el IMAS ha procedido al cierre de los centros sociales así como los centros de día de personas mayores ,cuyos usuarios recibirán el servicio mediante atención telefónica, telemática y/o la atención presencial en el domicilio o entorno.

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