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El exalcalde de San Javier, José Hernández, señalado por prevaricación, tráfico de influencias y malversación

El auto judicial notificado observa los mismos indicios en el arquitecto municipal en aquel momento, Miguel Botella. El juzgado ha dado por concluida la investigación de las dos primeras piezas del caso Vahalla

01 DIC 2021 - 19:56
El ex alcalde de San Javier, José Hernández, señalado por prevaricación, tráfico de influencias y malversación por el juzgado nº1 de San Javier
José Hernández acude a declarar a la Ciudad de la Justicia. ORM

PACO MARTÍNEZ. Murcia

El titular del juzgado número 1 de San Javier ha dado por concluida la investigación de las dos primeras piezas del caso Valhalla por corrupción urbanística en el Ayuntamiento de San Javier. En los autos notificados hoy, el juez observa indicios de prevaricación, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos (entre otros delitos) en la actuación del que fuera alcalde del PP en la localidad, José Hernández, y del arquitecto municipal en aquel momento, Miguel Botella.

En la primera pieza del caso, el juez sostiene que el arquitecto municipal constituyó con otros dos arquitectos una sociedad mercantil, GRUPARQ 3, que pusieron a nombre de sus esposas. Esa sociedad se ofrecía como garantía de una tramitación administrativa que resultaría "positiva y favorable", de tal forma que acabó gestionando 13 de los 17 grandes proyectos urbanísticos que se desarrollaron en San Javier, obteniendo de esa manera unos beneficios de casi cuatro millones de euros entre los años 2001 y 2007. En el auto también se considera responsables a dos de las empresas constructoras que participaron de aquellas irregularidades, PEINSA e INMONOVA

En la segunda pieza, el instructor considera que hay indicios que acreditan que el alcalde de San Javier en aquel momento, José Hernández, responsable también del Servicio de Urbanismo, y el arquitecto municipal Miguel Botella beneficiaron a las promotoras LADERA 2 MARES SOCIEDAD ANONIMA y LADERA 2 MARES SOCIEDAD LIMITADA, con las que tenían relación. Lo hicieron aceptando una permuta de terrenos ficticia: le dieron a la empresa 45.000 metros cuadrados de terreno municipal que debía destinarse a espacios públicos, a cambio de 68.000 metros cuadrados de un terreno que en realidad no existía, porque desde 1969 estaba incluído dentro del dominio público marítimo terrestre.

No fue, según el auto, la única irregularidad: el alcalde y el arquitecto municipal concedían permisos de construcción en terrenos de La Manga que no estaban urbanizados y, por tanto, no podían considerarse como solares urbanos. A las empresas sólo les pedían "pequeñas obras de adecuación de parcela" y les consentían ahorrarse la cesión al Ayuntamiento del 10% de los aprovechamientos que establece la ley.

Queda todavía por concluir una tercera pieza, centrada en la actuación del entonces alcalde, para determinar si se aprovechó de su cargo público para su propio beneficio.

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