Los magistrados consideran que la alcaldesa de Cartagena no incurrió en calumnia porque no atribuyó al portavoz de MC delito alguno, sino que señaló su «desprecio verbal» a las mujeres
SILVIA MATEO. Cartagena
La Audiencia Provincial rechaza condenar por calumnias a la alcaldesa de Cartagena, Ana Belén Castejón, al atribuir conductas machistas al portavoz de MC, José López. El tribunal señala que la regidora ejerció el derecho a la crítica.
La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso del portavoz de la formación cartagenerista, José López, que presentó contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagenan el que el juez descartaba infracción penal por unas declaraciones de Ana Belén Castejón tras las elecciones municipales de 2019. Los magistrados consideran que la alcaldesa no incurrió en calumnia porque no atribuyó a José López delito alguno, sino que señaló su «desprecio verbal» a las mujeres.
La Audiencia respalda al magistrado y recuerda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el ejercicio de la libertad de expresión.
Castejón se ha referido a este asunto en un momento del pleno del ayuntamiento de estse jueves en el que José López hacía insinuaciones veladas de trato preferente al promotor Tomás Olivo.