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La covid-19 será enfermedad profesional para sanitarios y sociosanitarios

El Decreto aprobado por el Gobierno también recoge que los sanitarios jubilados puedan trabajar contra el COVID-19 mientras siguen cobrando su pensión

02 FEB 2021 - 15:13
Un trabajador de una UVI móvil
Un trabajador de una UVI móvil. EUROPA PRESS
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La covid-19 será enfermedad profesional para sanitarios y sociosanitarios
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REDACCIÓN. Murcia

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes que el COVID-19 sea considerado como enfermedad profesional en los profesionales sanitarios y sociosanitarios que han contraído el coronavirus en el ejercicio de su profesión.

"Va a permitir en determinadas circunstancias una mayor protección a los sanitarios que han contraído el virus", ha explicado en rueda de prensa tras el Consejo de Ministras el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

Por otra parte, el Decreto aprobado por el Gobierno también regula que los profesionales sanitarios jubilados puedan compatibilizar su pensión con el trabajo profesional durante la pandemia de COVID-19. "Permite que determinados trabajadores jubilados en el ámbito sanitario puedan compatibilizar la actividad activa en la situación extraordinaria del COVID-19 con su situación como pensionistas", ha esgrimido Escrivá.

Hasta ahora, el contagio de coronavirus en sanitarios era considerado como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo. La diferencia entre enfermedad profesional y contingencia profesional derivada de accidente de trabajo radica en que la enfermedad profesional tiene cobertura durante toda la vida de trabajador.

Es decir, un sanitario tendrá cobertura para la Seguridad Social si mañana o dentro de diez años contrae una enfermedad derivada de este contagio que se produjo desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención contra el COVID-19.

Sin embargo, en el caso de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo únicamente se tiene una cobertura durante los cinco años posteriores al contagio. Además, el reconocimiento de la enfermedad profesional amplía la protección de los trabajadores a efectos de pensiones o indemnizaciones a lo largo de toda la vida, si la enfermedad provoca secuelas o muerte.

Los sindicatos y el resto de grupos políticos llevan reclamando la consideración de este derecho desde el principio de la pandemia. Por ejemplo, el pasado 22 de diciembre, la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una proposición no de ley (PNL) al respecto.

"UN ACTO DE JUSTICIA"

El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) celebra que el Gobierno haya aprobado la calificación de enfermedad profesional para los profesionales de sanitarios contagiados de COVID-19, y piden que el próximo paso sea aprobar que la Profesión Médica sea declarada como Profesión de Riesgo.

El número de sanitarios contagiados en España supera los 118.000 hasta la fecha, con 107 médicos fallecidos en el ejercicio de su profesión. En mayo de 2020 y ante la situación crítica que vivían los médicos en nuestro país el CGCOM ya solicitó ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como al de Ministerio de Sanidad, el reconocimiento para los profesionales de la Medicina la calificación de "enfermedad profesional" para todos aquellos que hubieran sufrido contagio.

"Este cambio permitirá que los facultativos puedan acceder a las mismas prestaciones a las que acceden otros colectivos profesionales a los que se les reconoce la enfermedad profesional con el objetivo de dar cobertura laboral durante toda la vida de trabajador, independientemente de cuando pueda contraer secuelas o complicaciones derivadas de la Covid-19, puesto que estará protegido por la Seguridad Social", aseguran.

También el Sindicato de Enfermería, Satse, ha subrayado que el reconocimiento del Covid-19 como enfermedad profesional para el personal sanitario "supone un avance justo y merecido" que "ofrecerá mayores garantías y tranquilidad" a los profesionales que se están enfrentando a la pandemia con el consiguiente grave riesgo para su salud y seguridad.

"Después de que se reconociesen las bajas a consecuencia del COVID-19 como accidente laboral, el paso lógico y necesario era que se considerase enfermedad profesional para que resulte posible acceder a determinados beneficios, como el de un incremento en la prestación económica percibida correspondiente al periodo de baja, así como recibir una mayor protección en caso de posibles recaídas y/o secuelas a consecuencia de haber padecido la enfermedad, entre otras cuestiones, y todo ello sin límite temporal, es decir, de por vida", apuntan desde la organización sindical.
 

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