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Los patinetes deberán circular por la calzada en Cartagena

El pleno municipal de Cartagena ha aprobado la ordenanza que prohíbe a los conductores de estos vehículos circular por la acera. Entrará en vigor a finales de año y habrá multas de 200 euros para quienes la incumplan

24 NOV 2021 - 16:58
Actualizado:
25 NOV 2021 - 15:08
Los patinetes deberán circular por la calzada en Cartagena desde este jueves
Una mujer en patinete por la carretera (archivo). AYTO. CARTAGENA
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Los patinetes deberán circular por la calzada en Cartagena
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SILVIA MATEO. Cartagena

El pleno del Ayuntamiento de Cartagena ha aprobado este jueves la ordenanza de movilidad que regula el uso de bicicletas y patinetes. La normativa entrará en vigor a finales de año.

El Pleno ha dado el visto bueno al texto definitivo de la normativa con los votos a favor del gobierno municipal, la abstención de Unidas Podemos, MC y VOX y en contra del concejal no adscrito Gonzalo Abad. De las 22 alegaciones presentadas se han incorporado 5 propuestas relacionadas con el uso del casco y prendas reflectantes, y el seguro de responsabilidad civil. En la ordenanza se sitúa como “altamente recomendable” la utilización del casco de seguridad; y del seguro de responsabilidad civil para usuarios y frente a terceros, mientras que se contempla que en cuanto exista una normativa estatal de la DGT se incorporaría automáticamente a la norma local.

Los patinetes sí podrán circular por carriles bici que estén en las calzadas, pero no podrán hacerlo si están en la acera, uno de los motivos por los que el edil Gonzalo Abad ha mostrado su rechazo.

La ordenanza fija la edad mínima para usar este tipo de vehículos a partir de 15 años. Además, sostiene que su uso es exclusivamente personal, y fija la prohibición de conducir con cascos o auriculares, teléfono móvil, y sitúa la obligatoriedad de someterse a pruebas de alcoholemia y de estupefacientes. Y obliga a un uso de calzado adecuado para conducir, prohibiendo hacerlo descalzo.

En la normativa se establece una multa de 200 euros para quienes incumplan la obligación de circular por el carril bici, cuando esté integrado en la calzada. En el caso de no existir, lo harán siempre por el flanco derecho del asfalto.

Las velocidades máximas son de hasta 25 kilómetros por hora para los viales con uno o dos carriles por sentido y de 20 en los que tienen un solo carril y en los semipeatonales. Está prohibido circular por carreteras interurbanas, así como por autovías y autopistas con inicio o fin en el término municipal, en cumplimiento de la Ley de Circulación nacional.

La concejala de Ciudad Sostenible y Proyectos Europeos, Cristina Mora, ha insistido en que el objetivo es garantizar la seguridad de los usuarios de la vía pública.

 

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