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Igualdad achaca reducción de penas a violadores a una interpretación contra el feminismo: "El problema no es la ley"

El Consejo General del Poder Judicial ya advirtió sobre la Ley 'solo sí es sí' que su aprobación provocaría la revisión a la baja de aquellas condenas en las que se hubieran impuesto penas máximas

AGENCIAS
15 NOV 2022 - 20:00
Igualdad achaca reducción de penas a violadores a una interpretación contra feminismo: "El problema no es la ley"
La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell. EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha asegurado este martes, tras conocerse la reducción de penas a violadores usando la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como Ley 'solo sí es sí', que "el problema no es la norma", sino la "interpretación voluntarista judicial contra el avance del feminismo" que se está haciendo de ella.

En todo caso, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya advirtió en febrero de 2021 en su informe preceptivo sobre el anteproyecto que su aprobación provocaría la revisión a la baja de aquellas condenas en las que se hubiera impuesto penas máximas conforme a la regulación anterior. El pasado mes de septiembre la propia Rosell consideraba "propaganda" las informaciones que hablaban, por ejemplo, de que el abogado de 'La Manada' podría pedir una rebaja de la condena.

En su intervención en rueda de prensa este martes Rosell ha aclarado que, en el caso que se ha hecho público, de un padrastro condenado por violar a su hijastra de 14 años, "solo sería factible rebajar las penas" con la nueva ley "no apreciando abuso de superioridad o prevalimiento".

La delegada del Gobierno ha explicado que la Ley 'solo sí es sí' "no rebaja un ápice las penas" y que estas siguen estando entre los 5 y los 10 años y que solo existe "una posibilidad excepcional de rebaja" en los "casos de menor entidad" como pueden ser "los tocamientos en el transporte público, por ejemplo". En este casos, además, según ha indicado Rosell, también hay excepciones "para no aplicar" esa reducción y, entre ellos, están los casos de "fuerza", "intimidación" o "abuso de superioridad".

Es por eso que la delegada del Gobierno ve "evidente" que existe un "error" en la interpretación de esta norma para este caso y que "no se ha leído el artículo entero". "Considerar de menor entidad una penetración de un padrastro a una hija menor de edad creo que se califica por sí solo", ha declarado.

"Si se lee entero el artículo 181 después de esa posibilidad en los casos de menor entidad, como un tocamiento, de rebajar un grado las penas previstas de 5 a 10 años, prohíbe realizar esa valoración de la menor entidad y esa rebaja, entre otros casos, en los de abuso de superiodidad por convivencia, parentesco o prevalimiento de otro tipo", ha insistido.

Desaparición del abuso con engaño

Del mismo modo, ha respondido a quienes explican que la reducción de pena a este acusado se debe a la desaparición del abuso sexual con engaño en la Ley 'solo sí es sí'. En este sentido, ha indicado que la nueva ley recoge la "agresión sexual sin consentimiento" y que "si hay engaño no hay consentimiento", por lo que sigue existiendo dicho delito.

"Otra cosa es que alguien consiga que, donde un tribunal había dicho que se impone la pena mínima de 8 años, interprete que la pena mínima pueda ser ahora de seis años", ha declarado, antes de insistir en que, en estos casos, hay un "voluntarismo" de revisión "que no está basado en la ley" sino en "buscar algún resquicio".

Rosell ha puesto como ejemplo, para aquellos que ahora defienden la ley vigente antes del 'solo sí es sí' que este "voluntarismo" también se daba y ha puesto como ejemplo el caso de los dos policías de Estepona (Málaga) condenados a dos años y un curso de violencia de género por violar a una mujer cuando estaban de servicio y vestían uniforme. "También sin abuso de superioridad y con la anuencia del Ministerio Fiscal", ha apuntado.

En su defensa del texto impulsado por el Ministerio de Igualdad esta legislatura, Rosell también ha explicado que ha pasado por la "voces expertas" del Ministerio de Justicia, del Consejo General del Poder Judicial y Ministerio Fiscal y que solo se "pusieron pegas en la proporcionalidad" pero "nunca en la revisión". Además, ha indicado que en el paso de esta norma por el Congreso tampoco se presentó ninguna enmienda al respecto.

La "avalancha" de casos


Por otra parte, la delegada del Gobierno ha criticado el uso del término "avalancha" de casos revisados cuando, según ha explicado, solo se han conocido dos desde que este texto se publicó en el BOE, el 7 de septiembre, y sin que se haya conocido "ninguna sentencia, solo noticias".

"Avalancha llamaría a la violencia sexual que existe en este país", ha apuntado. Rosell ha señalado los datos recogidos por Igualdad en su macroencuesta por este tema que determina que 1,3 millones de mujeres mayores de 16 años (un 6,5%) han sufrido este tipo de violencia en su vida, así como 700.000 menores de 15 años (un 3,4%).

Del mismo modo, ha reprochado que no se produzcan esas 'avalanchas' de las revisiones al artículo publicado en el BOE el 3 de septiembre de 2021 de revisión del régimen de visitas a padres maltratadores. Y, en este sentido ha señalado que la fiscal de sala tuvo que dictar una comunicación, "meses después de la publicación en el BOE" para que se "iniciaran las revisiones ante indicios de padres maltratadores".

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