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La Comunidad modifica el decreto de admisión de alumnos para garantizar la libre elección de centro

El Gobierno regional asegura que se recogen las consideraciones realizadas por el Consejo Jurídico, que reprobó el decreto por no introducir los cambios que contempla la nueva ley de Educación, la LOMLOE

10 FEB 2022 - 14:37
La Comunidad modifica el decreto de admisión de alumnos para garantizar la libre elección de centro
Un grupo de niños en el patio de un colegio - ISABEL INFANTES / EP
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La Comunidad modifica el decreto de admisión de alumnos para garantizar la libre elección de centro
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REDACCIÓN/ Murcia

Después del último tirón de orejas del Consejo Jurídico a la Consejería Educación a cuenta del decreto sobre admisión de alumnos, el Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el texto definitivo. El Ejecutivo lo ha respaldado, según explican, después de tener en cuenta las consideraciones que ha hecho ese órgano consultivo. 

El órgano que preside Gómez Fayrén señalaba en su informe que había que corregir de ese decreto aspectos que chocaban con los criterios para asignar plaza en centros educativos a los estudiantes que establece la LOMLOE. El Consejo Jurídico entendía que la zonificación en vigor en Murcia chocaba con lo que establece la ley de rango nacional. 

Marcos Ortuño, consejero con funciones hoy de portavoz, explicaba que se mantendrá el distrito único por cada municipio. "Este decreto permite la adaptación a la LOMLOE manteniendo la validez del sistema en vigor de distrito único en cada municipio" ha señalado Ortuño, que ha querido dejar claro que el decreto "se aprueba de acuerdo con el Consejo Jurídico y recogiendo sus observaciones, y eso aparece en todos los informes que se han emitido y que obran en ese expediente"

En los últimos tres años el 90 % de los niños obtuvieron plaza en la primera opción que pedían sus padres para el primer curso de segundo ciclo de Infantil, según ha asegurado  la consejería de Educación. 

En un comunicado la consejera Mabel Campuzano ha subrayado que "entendemos que la libertad de elección de centro de las familias es la mejor garantía para favorecer la igualdad de oportunidades".

CRITERIOS PRIORITARIOS Y COMPLEMENTARIOS

Según Educación, el nuevo decreto define como criterios prioritarios para la admisión aquellos que la Ley Orgánica de Educación enumera: la existencia de hermanos matriculados en el centro; proximidad al domicilio o al lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales, y renta de la unidad familiar. "La consideración de estos criterios como prioritarios está fijada en la LOMLOE, por lo que no es posible considerar otros con esta categoría que sean distintos a los enumerados", sostiene la consejería.

La Comunidad ha definido los criterios complementarios para la admisión de alumnos "con el fin de mantener los excelentes resultados de los últimos años" para la obtención de plaza en el centro solicitado en primera opción: acreditación de familia numerosa, discapacidad, trabajar en el centro para el que se solicita plaza, monoparentalidad, parto múltiple, ser víctima de violencia género o de actos terroristas, acogimiento familiar del solicitante, así como el criterio determinado por el centro escolar o ser el primer centro solicitado por las familias.

NUEVO BAREMO DE ADMISIÓN

Esta nueva definición de los criterios prioritarios y complementarios ha obligado a la Consejería a reajustar las puntuaciones otorgadas con el fin de garantizar la seguridad jurídica del proceso de admisión.

El cómputo del baremo se ha diseñado a partir de un análisis exhaustivo de datos procedentes de las solicitudes de admisión de plaza en la Región con el fin de que respete los principios introducidos por la Lomloe, pero "sin que ello suponga modificar sustancialmente los resultados de admisión de alumnado que en los últimos años han arrojado unos datos tan favorables".

De esta manera, la Consejería, dentro de sus competencias, ha primado el tener hermanos en el mismo centro por encima del principio de proximidad al domicilio, que es la variable que mayor puntuación puede tener en el baremo según la Lomloe.

Así, en segundo ciclo de Educación Infantil las puntuaciones máximas que se aplicarán serán para el criterio de hermanos matriculados en el centro (11,25 puntos) y el de proximidad del domicilio o del lugar de trabajo (5 puntos).

Otros criterios serían el de renta de la unidad familiar (3 puntos), familia numerosa (2), discapacidad (2,9), trabajo en el centro (2,9), monoparentalidad (2), parto múltiple (1), víctima de violencia de género (1), víctima del terrorismo (1), acogimiento familiar del solicitante (2,9), criterio del centro escolar (1) y primer centro solicitado (2,9).

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