"El Consejo Interterritorial de Salud no puede imponer el confinamiento perimetral autonómico"
JOAQUÍN AZPARREN. Murcia
El Consejo Interterritorial de Salud no puede restringir la movilidad de los ciudadanos o imponer el toque de queda. Han de hacerlo las autonomías pero deberán contar con el respaldo de los Tribunales de Justicia que en anteriores ocasiones han tomado decisiones contradictorias según el territorio. Así lo considera el director del Departamento de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Complutense, Francisco García Roca, ante la conclusión del Estado de Alarma el 9 de mayo.
Este es el panorama respecto del control de la pandemia tras esa fecha. El Consejo Interterritorial no tiene capacidad normativa al contrario de lo que sostiene Moncloa. García Roca aboga por modificar la Ley de Sanidad de 1986, una ley orgánica que facultaría al Gobierno central o a las autonomías a restringir derechos fundamentales sin tener que recurrir al Estado de Alarma.
El catedrático recuerda también que la inviolabilidad del domicilio solo se puede conculcar en el caso de la comisión de un delito flagrante. Aboga por agilizar las órdenes judiciales en el caso de fiestas ilegales en inmuebles.