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Estas son las fechas claves de las Elecciones Generales del 23J

El decreto de convocatoria de elecciones ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE, por lo que hoy mismo las Cortes quedan disueltas hasta que el 17 de agosto sean constituidas

ONDA REGIONAL
30 MAY 2023 - 07:42
El BOE publica este martes el decreto de convocatoria de elecciones el 23 de julio
Imagen de archivo. EP

Con la publicación este martes en el BOE del decreto de convocatoria de Elecciones Generales para el 23 de julio se pone en marcha el reloj que marca el calendario de las próximas semanas. Repasamos las fechas más destacadas que nos llevarán a la constitución de las Cortes Generales el 17 de agosto. La publicación de decreto implica que desde ya está prohibido celebrar inauguraciones o difundir propaganda institucional; también que podemos solicitar el voto por correo y el voto desde el extranjero

Este miércoles 31 de mayo se abre plazo para que los partidos inscriban sus coaliciones electorales; y tienen de margen hasta la medianoche del 9 de junio.

Entre el 14 y el 19 de junio los partidos, coaliciones o agrupaciones electorales deben presentar en las juntas provinciales sus candidaturas, tanto al Congreso como al Senado. Y dos días después, el 21 de junio, las listas se publicarán en el BOE, con un plazo de una semana para subsanar errores y resolver impugnaciones. El 27 de junio se proclamarán las candidaturas definitivas. 

Y así llegaremos al 7 de julio que será cuando comenzará oficialmente la campaña elecctoral que nos llevará hasta la medianoche del 21 de julio. Votaremos el día 23 más de 36 millones de españoles.

Una vez proclamados los resultados y resueltos todos los posibles recursos, las Cortes Generales se constituirán el 17 de agosto y ese mismo día tomarán posesión los parlamentarios. El 22 de agosto se procederá a la constitución de los grupos. Y será a partir de ahí cuando se ponga fecha a la ronda de consultas en el Palacio de la Zarzuela para que el Rey escuche a los líderes de los partidos y encargue la investidura al candidato que tenga más apoyos. Dicha sesión de investidura se llevará a cabo como pronto a finales de agosto. 
 

El decreto de convocatoria entra en vigor este martes

El decreto entra en vigor este mismo martes, por lo que hoy mismo las Cortes quedarán disueltas hasta que el 17 de agosto, día en que las cámaras resultantes se reunirán a las 10:00 horas en sesiones constitutivas y quedará constituida la XV legislatura.

Las sesiones plenarias serán de forma simultánea en ambas cámaras y en el Congreso estará presidida inicialmente por el diputado electo de mayor edad y asistido en calidad de secretarios por los dos más jóvenes. En estas sesiones el Congreso y el Senado elegirán a sus presidentes y a los miembros de las Mesas.

En aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General se establecen las 52 circunscripciones electorales, que se corresponden con cada una de las cincuenta provincias españolas, además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

El 23 de julio serán elegidos 350 diputados, con Madrid como la provincia con mayor número de escaños (37), los mismos que en la anterior convocatoria de 2019, seguida de Barcelona (32), Valencia (16) -que contará con uno más que en las últimas elecciones generales- y Sevilla y Alicante con 12 escaños.

Según el real decreto en cada circunscripción provincial se elegirán a cuatro senadores, en las circunscripciones insulares se elegirán a tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y uno en Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. 

Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas a dos senadores.

LOS DIPUTADOS QUE DEJAN DE SERLO PODRÁN COBRAR UN FINIQUITO DE ENTRE 6.800 Y 9.000 EUROS

Los 212 diputados que dejarán de serlo a partir de las 00:00 horas de este martes, cuando se haga efectiva la disolución del Congreso, podrán cobrar una indemnización de transición en un pago único siempre que no tengan otros ingresos. A falta de un acuerdo expreso de la Mesa del Congreso la previsión es que esa cantidad corresponda a 52 días de sueldo como en anteriores legislaturas y oscilaría entre los 6.800 y los casi 9.000 euros, en función de los complementos.

Se trata, en concreto, de los 212 parlamentarios que no forman parte de la Diputación Permanente, el único órgano de la Cámara que seguirá existiendo hasta la constitución del nuevo Congreso que surja de las elecciones del 23 de julio y que está formado por 137 personas entre titulares y suplentes.

Este 'finiquito', que los potenciales beneficiarios han de solicitar expresamente, es incompatible con cualquier otro ingreso, se abona en un solo pago y tributa a Hacienda, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias.

Corresponde a la retribución que cobrarían sus señorías de seguir en activo durante los 52 días que median entre la disolución y el día de reflexión, es decir, incluye la denominada retribución constitucional (3.126,89 euros), la indemnización para cubrir gastos de su actividad parlamentaria (958,75 euros para los de Madrid y 2.008,61 para el resto), y también los complementos que pudieran recibir en función de sus responsabilidades en el Congreso. Por tanto, ese pago único podría oscilar entre los 6.800 de los diputados de base de Madrid hasta los 9.000 euros de parlamentarios de otras circunscripciones con algún cargo en la Cámara.

Una vez se publique este martes el decreto de disolución del Congreso sólo mantendrán la condición de diputados los 137 que integran la Diputación Permanente, ya sea como miembros titulares o como suplentes. El Congreso tiene 350 escaños pero Unidas Podemos nunca ocupó el que dejó vacante su exdiputado Alberto Rodríguez tras ser condenado por el Tribunal Supremo.

DESPUÉS PUEDEN COBRAR EL 'PARO'

Los miembros de la Diputación Permanente continuarán siendo diputados hasta que se constituye el nuevo Congreso, lo que tendrá que suceder en los 25 días posteriores a la votación. Es decir, como muy tarde el 17 de agosto, aunque la fecha exacta se conocerá cuando se haga público el decreto de disolución.

Celebradas las elecciones, los diputados que no repitan escaño y que no perciban ningún otro sueldo público podrán pedir una indemnización por cese, siempre que hayan estado en el Parlamento un mínimo de dos años.

Ese 'paro' será el equivalente a una mensualidad de la asignación constitucional, fijada actualmente en 3.126,89 euros, por cada año de mandato y con un máximo de 24 meses. Esta prestación no se abonará de golpe, sino mes a mes para dar tiempo a ajustes y poder cesar el abono si hay un cambio en la situación laboral del exparlamentario.

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