Entra en vigor hoy, 1 de octubre, una modificación de la Ley de Seguridad Social que computa por igual los contratos de media jornada con los de completa
A partir de hoy, 1 de octubre, los contratos a tiempo parcial computan como contratos de jornada completa de cara a la jubilación. Entra en vigor la modificación del artículo 247 de la Ley de la Seguridad Social, por la cual la cotización de media jornada computará como una completa.Un cambio que pretende reducir la brecha de género laboral entre hombres y mujeres, un 24 por ciento de las cuales tienen contratos parciales en la Región de Murcia.
Así lo explica el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Murcia, Fernando Ignacio Sánchez. Asegura que hasta ahora los trabajadores a tiempo parcial tenían que sumar más días de trabajo para poder alcanzar el mínimo de cotización para poder jubilarse. Desde hoy es indiferente tener o no un contrato de jornada completa.
Esta equiparación en tiempo entre contratos parciales y a jornada completa favorece, en especial, a las mujeres trabajadoras. De los 21 millones de ocupados en nuestro país, cerca de un 20 por ciento son mujeres con contratos parciales. Aquí en Murcia incluso más, un 24 por ciento. Por eso, esta medida, aprobada en marzo por el Congreso de los Diputados, reduce la brecha de género en lo laboral.
Esta modificación en la Ley de Seguridad Social que hoy entra en vigor no tiene efecto retroactivo. Por lo tanto, los trabajadores con contrato de jornada parcial tendrán que hacer doble cuenta del tiempo cotizado de cara al mínimo para poder jubilarse: una a partir del 1 de octubre y otra con el tiempo trabajado antes de esta fecha.