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Crimen de La Puebla: los acusados admiten parte de los hechos

Los abogados defensores de Natalia M. y Agustín M. han coincidido en descartar la existencia de la alevosía

AGENCIAS
21 ENE 2025 - 17:25
Crimen de La Puebla: los acusados admiten parte de los hechos
Natalia M. (izqda.) y Agustín M, en la sesión celebrada este martes. Foto: OR

Los abogados defensores de Natalia M. y Agustín M., que han sido juzgados estos días en la Audiencia Provincial de Murcia acusados del asesinato de un antiguo novio de aquella en agosto de 2021 en La Puebla (Cartagena), han admitido este martes parte de los hechos recogidos por las acusaciones y han coincidido en descartar la existencia de la alevosía.

Los letrados han defendido que cuando se produjo el crimen que acabó con la vida de J.M.R., que aseguran no estaba preparado, los acusados no eran plenamente conscientes de sus actos, por lo que han pedido la aplicación de varias atenuantes.

Esta novena sesión del juicio ha dado comienzo con el informe del letrado defensor de Agustín M., que ha admitido la participación de este en un delito de homicidio y otro de daños, este último, por la destrucción del coche del fallecido, que quedó calcinado con este dentro.

El abogado ha señalado que los hechos no pueden ser considerados como un delito de asesinato, al no existir alevosía, y ha añadido que en la conducta del acusado concurren varias atenuantes, entre ellas, las de drogadicción, confesión de los hechos y arrebato u obcecación.

Además ha recalcado que Agustín tiene reconocida una discapacidad del 54 por ciento, lo que no anula sus facultades, pero sí las limita de forma considerable.

El abogado ha dicho en cuanto a la atenuante de confesión de los hechos que también le es aplicable, ya que tras el crimen condujo a la Guardia Civil a los tres escenarios donde se desarrolló el mismo y aportó detalles que, de no haberlos revelado, hubieran podido quedar sin descubrir.

Finalmente, ha afirmado que, en contra de lo sostenido por las acusaciones, en ningún momento existió la detención ilegal de J.M.R., ya que no se limitaron sus movimientos, ni se le retuvo en contra de su voluntad, ya que, de hecho, cuando quiso salir del coche lo hizo.

Por su parte, la defensa de Natalia M. ha explicado que los hechos protagonizados por esta serían constitutivos de un delito de lesiones, por las que produjo al fallecido al atropellarlo con el coche de este, y de otro de homicidio si se considera probado que estaba presente en el momento del incendio, lo que da por no acreditado.

Además, ha descartado la existencia de un delito de detención ilegal, ya que en ningún momento se retuvo a la víctima, ha recalcado, así como el de daños, al entender que el incendio fue causado por Agustín.

En cuanto a las atenuantes, ha indicado que es merecedora de que se le apliquen las de dilaciones indebidas, como muy cualificada, y las de miedo insuperable y embriaguez.

Al ofrecerles el presidente del jurado el uso de su derecho a la última palabra, ambos acusados han renunciado al mismo.

Tras esta última sesión del juicio, que se ha desarrollado en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, el presidente del tribunal ha adelantado que este miércoles entregará el objeto del veredicto.

Esta vista oral es repetición de otra que se celebró en noviembre de 2023, que acabó con la condena de 20 años de cárcel para cada acusado por los delitos de asesinato, detención ilegal y daños, y que el pasado septiembre fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia por errores e irregularidades en el objeto del veredicto.

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