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Entra en vigor la ordenanza sobre patinetes en Murcia: esto es lo que debes tener en cuenta

La edad mínima para su uso es de más de 15 años y no se permite la circulación de este tipo de vehículos con más de un ocupante por vehículo

ONDA REGIONAL
17 MAY 2024 - 13:29
Entra en vigor la ordenanza sobre patinetes en Murcia: esto es lo que debes tener en cuenta
Imagen de archivo. EDUARDO PARRA | EUROPA PRESS

Este viernes 17 de mayo ha entrado en vigor la nueva ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Murcia y con ella las limitaciones en el uso vehículos de movilidad personal (VMP), como patinetes y bicicletas. Estos son los aspectos más importantes a tener en cuenta sobre el uso de patinetes:

-La edad mínima para su uso es de más de 15 años y por debajo de ese límite sólo podrán usar este tipo de vehículos los menores acompañados y bajo la supervisión de sus progenitores o tutores legales.

-No se permite la circulación de este tipo de vehículos con más de un ocupante por vehículo y circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas, o con presencia de drogas en el organismo está completamente prohibido.

-También se prohíbe su uso por aceras y otras zonas peatonales. Los patinetes deberán circular de forma preferente por los carriles bici situados en la calzada; los carriles bici marcados sobre las aceras a velocidad moderada y no excediendo los 10 kilómetros por hora; las calles de plataforma única con zonas delimitadas a 30 y 20 kilómetros por hora y demás zonas de coexistencia de diferentes tipos de usuarios; calzadas de ciclocalles y otras vías de sentido único donde esté limitada la velocidad de circulación a los 30 kilómetros a la hora; y los carriles señalizados a 30 kilómetros por hora en calzadas con varios carriles de circulación y siempre que no incurra en una velocidad anormalmente reducida.

-El uso del casco es recomendable, salvo que circulen por vías interurbanas, en cuyo caso el casco será obligatorio. Y también se establece como recomendación el contar con un seguro.

-Policía Local recuerda que la conducción por la calzada realizando maniobras antirreglamentarias de adelantamiento, uso de carriles o sentido contrario, puede conllevar multas de hasta 500€.

-Las distracciones, el uso de cascos o auriculares, dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro elemento que cause distracción se sanciona con multas de hasta 200€.

 

 

Normas para usuarios de bicicletas

En cuanto a los usuarios de bicicletas la ordenanza de movilidad destaca los siguientes aspectos a tener en cuenta.

-Queda prohibido circular por las aceras y demás zonas peatonales. Las bicicletas deberán ser visibles en todo momento. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad deberá disponer de luces delantera y trasera. 

-El uso del casco es obligatorio para menores de 16 años. Los usuarios de 16 años en adelante, no tienen obligatoriedad de usar el casco en vías urbanas, pero sí en vías interurbanas.

-La cobertura de un seguro de responsabilidad civil es recomendable para la cobertura en caso de que un accidente provoque daños a terceras personas. A los efectos de identificación en caso de robo o accidente, las bicicletas podrán ser registradas (http://biciresgistro.es).

-Circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas, o con presencia de drogas en el organismo está completamente prohibido

-La conducción por la calzada realizando maniobras antirreglamentarias, apoyando una sola rueda, sujetándose a otros vehículos en marcha o efectuar derrapes puede poner en peligro al resto de usuarios. Estos comportamientos conllevan multas de hasta 500€.

-Las distracciones, el uso de cascos o auriculares, dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro elemento que cause distracción se sanciona con multas de hasta 200€

 

 

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