Iudicandi te salutant. Incumple orden de alejamiento porque hija quería ir al baño
T03C201
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el apelante fue condenado por un delito de violencia de género, imponiéndole una orden de alejamiento de 750 metros de la víctima, lo que incumplió al presentarse en la vivienda en la que residía ella con los hijos. Y añade que los hechos constitutivos del delito de quebrantamiento de condena se produjeron en enero pasado, cuando la Guardia Civil, que sabía que había salido de prisión, se acercó a la vivienda por si se le ocurría pasar por allí, y lo encontró en su interior.
La Audiencia Provincial, al desestimar el recurso del acusado, dice que este alegó que si accedió al domicilio fue porque la hija quería que la llevara al cuarto de aseo, no porque tuviera voluntad de quebrantar la orden de alejamiento. Y añade que alegó también que esa necesidad fisiológica constituyó un estado de necesidad, algo que el tribunal ha rechazado.