El tribunal mantiene la suspensión cautelar del voto para quienes no acrediten ser descendientes de exiliados, una medida que afecta a más de 160.000 españoles en el extranjero
El Tribunal Constitucional ha rechazado por amplia mayoría el recurso del Defensor del Pueblo contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el voto de los nacionalizados por la ley de nietos que no demuestren ser descendientes de exiliados.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, solicitaba restablecer el derecho al sufragio de más de 160.000 ciudadanos españoles residentes en el extranjero al considerar que la medida vulnera sus derechos fundamentales.
En su recurso, el organismo pidió al Constitucional que anulara de forma urgente las resoluciones del Supremo y ordenara a la Junta Electoral Central mantener la inclusión de los afectados en el Censo Electoral de Residentes Ausentes.
Gabilondo advertía de que los plazos del procedimiento electoral dificultan que las personas afectadas puedan votar en las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre si se mantiene la suspensión cautelar.
El Defensor del Pueblo defendía que la nacionalidad española lleva aparejado el derecho al voto y cuestionaba que se pueda privar temporalmente de este derecho a los ciudadanos españoles.