Loading

Publicado el decreto de sanciones por incumplir las medidas frente la COVID-19

El Gobierno regional ha registrado este viernes en la Asamblea Regional el régimen sancionador, que incluyen multas entre 100 euros la más leve y 600.000 la más grave

17 JUL 2020 - 00:00
Alberto Castillo junto al secretario de la Consejería de Salud Andrés Torrente
Alberto Castillo junto al secretario de la Consejería de Salud Andrés Torrente. ORM
Escucha el audio a continuación
Publicado el decreto de sanciones por incumplir las medidas frente la COVID-19
00:50

REDACCIÓN. Cartagena

El Gobierno regional ha publicado esta misma mañana en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el decreto de sanciones por incumplimiento de las medidas de seguridad que frenen la pandemia de la COVID-19.

Al mismo tiempo el ejecutivo ha registrado este régimen sancionador en el parlamento regional para su convalidación en el plazo de un mes. El secretario general de la consejería de Salud Andrés Torrente ha entregado una copia del decreto ley de regimen sancionador al presidente de la Asamblea Regional Alberto Castillo.

La segunda autoridad de la Región espera que el temor a multas de entre 100 y 600.000 euros acabe con las irresponsabilidades ciudadanas. La Asamblea Regional reunirá a la Diputación Permanente el próximo martes para proponer que la convalidación del decreto, que ya está en vigor, se lleve al pleno del 29 de julio.

TIPOS DE SANCIONES

Dentro de las infracciones leves, sancionadas con multas de 100 euros hasta un máximo de 3.000, se prevé desde el no uso o uso incorrecto de la mascarilla, en cuyo caso la multa será siempre de 100 euros; el incumplimiento de información de aforos, distancia social y uso de mascarillas por los locales públicos; el incumplimiento de las medidas de higiene y generales, cuando éste no suponga riesgo de contagio o afecte a menos de 15 personas, hasta el incumplimiento de la medida cautelar de aislamiento acordada por la autoridad sanitaria competente en personas que no hayan dado positivo en covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confirmado.

En las infracciones graves se incluye el incumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas para cualquier tipo de establecimiento o actividad, en espacios o locales, públicos o privados, no respetar los límites de aforo o del número máximo de personas permitido a los establecimientos o en las actividades, el incumplimiento de la elaboración de planes de contingencia, hasta la organización de reuniones o fiestas en las que se produzcan  aglomeraciones  que dificulten adoptar las medidas sanitarias de prevención, o el incumplimiento del deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria o del confinamiento decretado. Estos casos de infracción grave serán sancionados con una multa que oscilará entre los 3.001 euros y los 60.000 como cuantía máxima.

Por último, y dentro de las infracciones muy graves, sancionadas con multas que pueden alcanzar los 600.000 euros, se tipifican conductas que incumplan las medidas generales cuando este comportamiento pueda suponer un riesgo de contagio a más de 100 personas, y la realización de actividades que hayan sido expresamente suspendidas y el reiterado deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria.


 

Temas
Podcasts destacados