Es el argumento principal utilizado en las alegaciones presentadas por la Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Andalucía y Comunidad de Madrid para oponerse a la modificación de las reglas del acueducto
La ley que regula el trasvase está por encima del decreto que regula el caudal ecológico del Tajo incluido en la planificación hidrológica. Es el argumento principal de las alegaciones presentadas por la Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Andalucía y Comunidad de Madrid para oponerse a la modificación de las reglas del acueducto en un informe coordinado por el director del Instituto Euromediterráneo del Agua, Francisco Cabezas.
El documento defiende que cualquier modificación de las reglas del Trasvase Tajo-Segura no puede basarse en los caudales ecológicos fijados en el plan de cuenca por una cuestión de jerarquía legal.
Junto a este argumento, el coordinador del informe añade la discrecionalidad de los criterios para fijar los caudales ecológicos. No es que el Ministerio de Transición Ecológica no utilice una metodología científica, se refiere Cabezas a que los procedimientos establecen horquillas de aplicación con unos márgenes amplios que podrían ser más o menos beneficiosos para determinados territorios dependiendo cómo se apliquen. Tampoco se han tenido en cuenta circunstancias relacionadas.
El texto pactado por las cuatro comunidades autónomas señala que cuando los embalses de cabecera se encuentren en nivel tres las decisiones sobre los trasvases deben tomarse incorporando la regla del tercio; que valora los recursos disponibles en el momento y la previsión para los dos meses siguientes. El plazo de consulta pública del futuro decreto de modificación de las reglas de explotación del trasvase acaba el dos de mayo, aunque el Gobierno regional de Murcia ha presentado el documento esta mismo martes. Más adelante habrá ocasión de presentar nuevas alegaciones.