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Los docentes interinos con excedencia por cuidado de hijos pueden cobrar los periodos de vacaciones

Luis Prieto, secretario general del SIDI, dice que con esta sentencia del TSJ de la Región de Murcia, los denunciantes cobrarían el importe total de las vacaciones atrasadas que se vieron afectadas por esas excedencias

Mª CARMEN RAMÍREZ
01 MAY 2024 - 19:40
Los docentes interinos con excedencia por cuidado de hijos pueden cobrar los períodos vacaciones
Padre con niño en brazos. EUROPA PRESS
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Los docentes interinos con excedencia por cuidado de hijos pueden cobrar los periodos de vacaciones
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Los docentes interinos tendrán derecho a que el tiempo de excedencia por cuidado de hijos les sea reconocido a efectos del cobro íntegro de sus retribuciones. Es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia tras una denuncia de una veintena de interinos a través del Sindicato independiente de docentes, el SIDI. 

Alegaban que al ser interinos, si pedían excedencia por cuidado de hijos, esos meses no eran computados a efectos del cobro de las vacaciones, algo que sí disfrutan los funcionarios de carrera según Luis Prieto, secretario general del SIDI

Con esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia, los denunciantes cobrarán el importe total de las vacaciones atrasadas que se vieron afectadas por esas excedencias. Y a partir de ahora, sienta jurisprudencia y la comunidad autónoma tendrá que abonar de manera íntegra las vacaciones a los interinos que pidan excedencia por cuidado de hijos.

 

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