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PLAZA PÚBLICA. Iudicandi te salutant. Fiscal mantiene petición de cárcel a Tomás Olivo por abusos sexuales a menor
T03C156

28:23
22 ABR 2022 - 14:36
El presunto delito de abusos sexuales a una menor de 13 años tuvo lugar durante un vuelo de Madrid a Málaga, y ha sido juzgado, pese a que la menor ha asegurado no recordar lo ocurrido. Crónica tribunales, Manuel Chacón.

Málaga, 19 abr (EFE).-  El juicio se ha celebrado este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga a puerta cerrada y ha quedado visto para sentencia.

Durante la vista oral la menor ha asegurado no recordar lo ocurrido, según han informado a EFE fuentes judiciales, que han precisado que, a preguntas del letrado del empresario, la supuesta víctima ha asegurado que aunque no recordaba nada, los abusos no se cometieron.

Este cambio de versión ya fue anunciado en un comunicado por el empresario que proclamaba su inocencia y aseguraba que la menor había reconocido posteriormente que era falso el relato.

Pese a ello, el ministerio público ha mantenido su petición de pena de prisión y se ha amparado en la declaración que hizo la menor en su día.

En el escrito provisional del ministerio público, al que ha tenido acceso EFE, se indica que el 5 de septiembre de 2019 el procesado viajaba como pasajero en un vuelo de Madrid a Málaga y tras cambiarse de asiento se acomodó presuntamente en la misma fila y junto a la menor, que viajaba sola.

Siempre según la versión acusatoria provisional del fiscal, la niña se quedó dormida y presuntamente le introdujo la mano por debajo de los pantalones y ello provocó que la menor despertara.

Supuestamente la niña le reprochó su proceder y pidió a un azafato que le cambiara de asiento y se sentó en un plaza distinta hasta la finalización del vuelo.

El fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito de abusos sexuales y que no han concurrido circunstancias modificativas de responsabilidad criminal.

Además de la pena de prisión, la acusación pública pide medida de alejamiento consistente en que el acusado no podrá aproximarse a la menor ni a su domicilio o centro de estudios a una distancia inferior a 500 metros, ni comunicar con ella por cualquier medio, en especial, por vía telefónica, durante el plazo de cinco años.

Por vía de responsabilidad civil, el ministerio público en su escrito pide que, además, sea condenado a indemnizar a la menor con 2.000 euros por los perjuicios morales causados. EFE

mmj/avl/fg 


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